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Actualizada: 
1 de enero de 2024

Paso 4: Audiencia para la orden de protección completa

Si quiere conseguir una orden de protección completa, debe ir a la audiencia. Si usted no va a la audiencia, es posible que la corte desestime su caso. Si recibió una orden ex parte, la misma expirará y deberá comenzar el proceso de nuevo. Si usted no se presenta a la audiencia, posiblemente sea más difícil que le den una orden en el futuro. 

En la audiencia, tanto usted como la persona agresora tendrán la oportunidad de presentar evidencia, presentar o “llamar” testigos y dar testimonio para probar su caso. Usted debe probar que la persona agresora cometió el/los acto/s de violencia doméstica, según lo define la ley, que usted alegó en su petición. También tiene que convencer a el/la juez/a de que usted necesita protección y las cosas específicas que pidió en la orden. Vea la sección Durante la Audiencia para formas en las que puede demostrarle a el/la juez/a que usted fue maltratado/a. Puede aprender más sobre el sistema judicial en nuestra sección Preparándose para la Corte – Por su Cuenta. El/la juez/a entonces decidirá si darle o no una orden de protección final. Si la persona agresora fue notificada pero no se presenta a la audiencia, es posible que el/la juez/a le dé una orden de protección o que ordene una nueva fecha para la audiencia. Es posible que quiera un/a abogado/a para la audiencia, especialmente si cree que la persona agresora tendrá uno/a. Para abogados/as gratuitos/as y pagados/as, vaya a nuestra página MO Encontrando a un Abogado.