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Información Legal: Misuri

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
1 de enero de 2024

Paso 3: Notificación

Al igual que usted recibió la notificación de la audiencia, la persona agresora también recibirá la misma notificación para que sepa cuándo presentarse a la audiencia. (La corte se referirá a la persona agresora como el/la “demandado/a”.) La persona agresora debe recibir la “notificación” de la audiencia junto con una copia de la petición que usted presentó y su orden ex parte, si recibió una. Se supone que la corte coordine la notificación con cualquier alguacil (“sheriff”) o policía al menos tres días antes de la audiencia.1 Usted no puede notificarle a la persona agresora por su cuenta. Si quiere, puede recibir una notificación cuando le hagan la notificación de la orden ex parte a la persona agresora.3 Pídale a el/la secretario/a información sobre cómo recibir esta notificación.

El personal de la policía también registrará cualquier orden de protección en el Sistema Uniforme del Orden Público de Misuri (MULES, por sus siglas en inglés) dentro de 24 horas de haberse dado la orden.2

Puede encontrar más información sobre la notificación en nuestra sección Preparándose para la Corte - Por su Cuenta, en la pregunta ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

1 MO ST § 455.040(2)
2 MO ST § 455.040(3)
3 MO ST § 455.038