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Información Legal: Misuri

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
1 de enero de 2024

¿Puedo obtener una orden de protección?

Usted podría calificar para una orden de protección por violencia doméstica si la persona agresora ha cometido violencia doméstica, según definido en la ley, y la persona agresora es un familiar o miembro del hogar, que significa:

  • un/a esposo/a o ex esposo/a;
  • una persona con quien haya vivido;
  • cualquier persona que esté relacionada a usted por sangre o matrimonio;
  • una persona con quien tenga o haya tenido una relación de noviazgo;
  • una persona con quien tenga un hijo/a en común, aunque nunca hayan vivido juntos/as o estado casados/as.1

Si la persona que le está maltratando no cae en ninguna de estas categorías de relación, es posible que pueda conseguir una orden de protección en su contra si el/ella le está acechando o le ha agredido sexualmente. Para una orden de protección por acecho o agresión sexual, no es necesario que tenga una relación con la persona agresora.2

Nota: Una corte en Misuri puede darle una orden de protección aunque esté en Misuri temporalmente, siempre y cuando el incidente, intento o amenaza de violencia doméstica haya ocurrido en Misuri. Si hubo incidentes adicionales de violencia doméstica que ocurrieron fuera de Misuri, también puede incluirlos en su petición para demostrar su necesidad de protección.3

1 MO ST § 455.010(7)
2 MO ST § 455.010(12)
3 MO ST § 455.032