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Información Legal: Misuri

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
1 de enero de 2024

¿Cómo puedo hacer que mi orden de protección sea cumplida en otro estado?

La ley federal no requiere que usted tome ningún paso especial para hacer que su orden de protección sea respetada en otro estado.

Varios estados tienen leyes o reglas (regulaciones) acerca de registrar las órdenes de protección provenientes de otros estados, lo que puede hacer más fácil que una orden se haga cumplir. Sin embargo, una orden de protección se tiene que hacer cumplir independientemente de que ésta haya sido o no registrada en el nuevo estado.1 Estas reglas varían dependiendo del estado, así que puede ayudarle averiguar las regulaciones en el nuevo estado. Para más información, puede comunicarse con una organización local de violencia doméstica, visitando a nuestra página de Intercesoras y Albergues y seleccionando el nuevo estado del menú desplegable.

Nota: Es importante mantener una copia de su orden de protección con usted en todo momento.  También puede llevar varias copias de la orden con usted cuando se mude. Deje copias de la orden en su trabajo, hogar, en la escuela o guardería de sus hijos/as, en su carro, con un/a vecino/a de confianza, y así sucesivamente. Dele una copia a el/la guardia de seguridad o la persona de recepción del lugar donde usted vive o trabaja junto con una foto de la persona agresora. Dele una copia de la orden a cualquier persona que aparezca en o esté protegido/a por la orden.

1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)