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Información Legal: Minnesota

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
18 de diciembre de 2023

¿Soy elegible para solicitar una orden de protección?

Usted puede solicitar una orden de protección contra cualquiera de los siguientes familiares o miembros del hogar que hayan cometido maltrato doméstico en contra suya o de su hijo/a menor de edad:

  • su esposo/a o ex esposo/a;
  • su padre/madre;
  • su hijo/a;
  • alguien con quien usted tenga una relación de sangre;
  • alguien con quien usted viva o haya vivido;
  • alguien con quien usted tenga un/a hijo/a en común;
  • alguien con quien usted esté esperando un/a hijo/a;
  • alguien con quien usted tenga o haya tenido una relación romántica o sexual importante.1

Nota: Si usted es un/a “adulto/a de buena reputación” de al menos 25 añospuede hacer la solicitud por un/a menor que sea un/a familiar o miembro de su hogar, pero no su hijo/a biológico/a.2

Un/a menor que tenga 16 años o más puede hacer la solicitud por su cuenta contra un/a esposo/a o ex esposo/a, o una persona con quien el/la menor tenga un/a hijo/a en común – pero el/la juez/a deberá creer que el/la menor tiene “suficiente madurez y juicio” para solicitar por su cuenta y que es en el mejor interés de el/la menor que le permitan solicitar. El resto de los/as menores deberán tener un/a padre/madre, tutor/a, o “adulto/a de buena reputación” que viva con ellos/as para que haga la solicitud por ellos/as.2

Si usted no es elegible para una orden de protección, es posible que pueda solicitar una Orden de Restricción por Acoso.

1 Minn. Stat. § 518B.01(2)(b)
2 Minn. Stat. § 518B.01(4)(a)

¿Puede un menor solicitar una orden de protección?

Un/a menor que tenga 16 años o más puede hacer la solicitud por su cuenta contra un/a esposo/a o exesposo/a, o una persona con quien el/la menor tenga un/a hijo/a en común – pero el/la juez/a deberá creer que el/la menor tiene “suficiente madurez y juicio” para solicitar por su cuenta y que es en el mejor interés de el/la menor que le permitan solicitar. El resto de los/as menores deberán tener un/a padre/madre, tutor/a, o “adulto/a de buena reputación” que sea un familiar o miembro del hogar y que tenga 25 años o más para que haga la solicitud por ellos/as.1

1 Minn. Stat. § 518B.01(4)(a)

¿Puedo conseguir una orden de protección contra una pareja del mismo sexo?

En Minnesota, usted puede solicitar una orden de protección contra una pareja o ex pareja del mismo sexo siempre y cuando la relación cumpla con los requisitos enlistados en ¿Soy elegible para solicitar una orden de protección? También debe ser víctima de un acto de maltrato doméstico, que se explica aquí: ¿Cuál es la definición legal de maltrato doméstico en Minnesota?

Puede encontrar información sobre las víctimas de maltrato y los tipos de barreras que enfrentan en nuestra página de Víctimas LGBTQIA.

Si no soy eligible para una orden de protección, ¿hay otro tipo de orden de restricción que pueda conseguir?

Si usted no es elegible para una orden de protección, es posible que pueda conseguir una orden de restricción por acoso (“HRO” por sus siglas en inglés). Cualquier persona que sea víctima de acoso puede solicitar una orden de restricción por acoso. No importa el tipo de relación que tenga con el/la acosador/a. Para leer más, vaya a nuestra página de Órdenes de Restricción por Acoso.

¿Cuánto cuesta conseguir una orden de protección? ¿Necesito un abogado?

No tiene que pagar nada para conseguir una orden de protección.1

Usted no necesita un/a abogado/a para solicitar una orden de protección. Sin embargo, es posible que quiera tener un/a abogado/a, especialmente si el/la agresor/a tiene uno/a. Si puede, contacte a un/a abogado/a para asegurarse que sus derechos legales están protegidos.

Si usted no puede pagar un/a abogado/a pero quiere que uno le ayude con su caso, puede encontrar la información de contacto de organizaciones de asistencia legal, que ofrecen ayuda gratis o a bajo costo para quienes cualifiquen, en nuestra página MN Encontrando a un Abogado.

Es posible que las organizaciones de violencia doméstica en su área también puedan ayudarle durante el proceso legal y tengan referidos legales. Tener a una persona que le apoye durante este proceso puede ser de gran ayuda. Para encontrar un albergue o un/a intercesor/a en un programa local, por favor visite nuestra página de MN Intercesoras y Albergues.

Si usted va a ir a la corte sin un/a abogado/a, nuestra sección de Preparándose para la Corte – Por su Cuenta puede servirle de ayuda.

1 Minn. Stat. § 518B.01(3a)