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Información Legal: Minnesota

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
18 de diciembre de 2023

¿Qué tipos de órdenes de protección hay? ¿Cuánto duran?

Hay dos tipos de órdenes de protección: ex parte y completa. Sin embargo, a diferencia de la mayoría de los estados, Minnesota no necesariamente requiere que se celebre una audiencia en la que ambas partes estén presentes antes de dar una orden a largo plazo (completa). La ley de Minnesota permite que un/a juez/a dé una orden a largo plazo en su primera cita en la corte y después es responsabilidad de el/la demandado/a llenar los documentos para solicitar una audiencia para oponerse a (objetar) la orden.

Cuando usted vaya a la corte a solicitar una orden de protección, un/a juez/a le dará una orden de protección ex parte si entiende que hay un peligro actual e inmediato de maltrato doméstico y usted necesita protección inmediata.1 “Ex parte” significa que el/la agresor/a no es notificado/a de antemano o no se presenta a la corte - el/la juez/a tomará esta decisión basándose solamente en la información que usted provea. Una orden ex parte será válida por un periodo de tiempo fijo determinado por la corte y generalmente puede durar hasta un máximo de dos años o hasta que sea modificada o anulada por el/la juez/a después de una audiencia.2 Una vez que le hayan dado una orden ex parte, usted no tiene que volver a la corte para una audiencia completa a menos que:

  1. Usted solicite una audiencia para pedirle a el/la juez/a más protecciones de las que se pueden dar con una orden ex parte;
  2. El/la juez/a decida no darle todas las protecciones que usted pidió en la orden ex parte; o
  3. El/la agresor/a solicite una audiencia cuando reciba la notificación de su orden ex parte.

Si una audiencia es ordenada basándose en las razones #1 o #2, antes mencionadas, la misma se celebrará dentro de siete días. Si la audiencia es ordenada basándose en la razón #3, antes mencionada, la misma se celebrará dentro de diez días o cuando la corte reciba su solicitud, aunque cualquiera de las partes puede solicitar un aplazamiento en cualquiera de las circunstancias. La corte le notificará de la audiencia por correo3 y usted deberá ir a la audiencia para presentar evidencia que demuestre por qué la orden debería mantenerse. NotaSi el/la juez/a no le da una orden ex parte en su primera fecha en la corte, la audiencia para una orden de protección completa será programada dentro de 14 días.4

Si hay una audiencia judicial para una orden de protección completa, ambas partes (usted y el/la agresor/a) deberán tener la oportunidad de presentar evidencia, testimonio, testigos, etc. para demostrar por qué la orden debería o no debería darse. La orden puede durar un máximo de dos años, pero usted puede solicitar que la extiendan si necesita más protección una vez que la orden expire.5

Si el/la agresor/a ha violado una orden de protección anterior o vigente en dos o más ocasiones, o si a usted le han dado dos o más órdenes de protección contra el/la agresor/a, el/la juez/a puede dar una orden completa por un máximo de 50 años.6 Si después de cinco años no han habido violaciones a la orden, el/la agresor/a puede pedirle a el/la juez/a que modifique (cambie) la orden demostrando que ha ocurrido un cambio significativo en las circunstancias.7

1 Minn. Stat. § 518B.01(7)(a)
2 Minn. Stat. §§ 518B.01(7)(c); 518B.01(6)(b)
3 Minn. Stat. § 518B.01(5)(b)-(e)
4 Minn. Stat. § 518B.01(5)(a)
5 Minn. Stat. § 518B.01(7)
6 Minn. Stat. § 518B.01(6)(a)
7 Minn. Stat. § 518B.01(11)(b)