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Información Legal: Minnesota

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
18 de diciembre de 2023

¿Qué es el National Crime Information Center Registry (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes)? ¿Quién tiene acceso?

El National Crime Information Center Registry (NCIC) (Centro de Registro Nacional de Información de Crímenes) es una base de datos nacional utilizada por agencias del orden público en los Estados Unidos, Canadá, y Puerto Rico. Es administrada por el FBI y los oficiales de autoridad competente.

Todos los oficiales judiciales tienen acceso al NCIC, pero esta información está​ encriptada para evitar el acceso de intrusos.

¿Cómo registro mi orden de protección en Minnesota?

Para registrar su orden de otro estado o territorio de los EE.UU. o de Canadá en Wisconsin, a lo que la ley se refiere como una “orden de protección extranjera”, deberá presentar una copia certificada a el/la administrador/a de la corte en el condado donde esté viviendo o en cualquiera de los condados que se mencionan aquí, si aplica. También puede pedirle a la corte que dio la orden que envíe la copia certificada directamente a la corte en Minnesota donde usted quiere registrarla.1 Si la copia que usted tiene no es certificada o autenticada, todavía puede presentarla si juramenta en un afidávit (declaración jurada) que es una copia exacta y válida.2 

Si necesita ayuda registrando su orden de protección, puede contactar una organización local de violencia doméstica en Minnesota para que le asistan. Puede encontrar la información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página de MN Intercesoras y Albergues.

¿Tengo que registrar mi orden de protección en Minnesota para que se pueda hacer cumplir?

Una orden de protección válida de otro estado tiene el mismo efecto y debe hacerse cumplir de la misma manera que una orden de protección de Minnesota sin importar que haya sido o no presentada ante un/a administrador/a de la corte o ingresada en la base de datos estatal de órdenes de protección.1 Además, se supone que un/a oficial de paz (oficial de la policía) haga un arresto por cualquier violación a su orden de protección de otro estado de la misma manera que lo haría por una violación a una orden de protección de Minnesota.2 El hecho de que una orden de protección de otro estado no haya sido presentada ante el/la administrador/a de la corte o ingresada en la base de datos estatal de órdenes de protección, no es una razón válida para que un/a policía se niegue a hacer cumplir los términos de la orden si se le muestra una copia de la orden a menos que, de mirar la orden, sea evidente para el/la oficial que la orden no es válida.3

1 Minn. Stat. § 518B.01(19a)(e)
2 Minn. Stat. § 518B.01(19a)(h)
3 Minn. Stat. § 518B.01(19a)(i)

¿Le notificarán al agresor si registro mi orden de protección?

Bajo la ley federal de Violencia Contra la Mujer o VAWA (“Violence Against Women Act”), que le aplica a todos los estados y territorios de los EE.UU., la corte no puede notificarle a el/la agresor/a cuando una orden de protección ha sido registrada o presentada en otro estado a menos que usted específicamente solicite que le notifiquen a el/la agresor/a.1 Sin embargo, si su dirección es confidencial, es posible que usted quiera confirmar que el/la secretario/a tiene conocimiento de esta ley antes de registrar la orden.

De todas formas, recuerde que existe la posibilidad de que el/la agresor/a se entere a qué estado se ha mudado. Es importante que continúe planificando para su seguridad, aunque ya no esté en el estado que vive el/la agresor/a. Tenemos algunas ideas para que se mantenga lo más seguro/a posible en nuestra página de Planificación de Seguridad. También puede contactar una organización local de violencia doméstica para obtener ayuda para hacer un plan de seguridad personalizado para usted. Encontrará la información de contacto de las organizaciones en su área en nuestra página de MN Intercesoras y Albergues.

1 18 USC § 2265(d)

¿Tiene algún costo registrar mi orden de protección?

No hay costo por registrar su orden de protección en Minnesota.1

1 Minn. Stat. §518B.01(3a)

¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil hacerla cumplir?

Ni la ley federal ni la ley estatal requiere que usted registre su orden de protección para que se pueda hacer cumplir. Sin embargo, si su orden no está registrada, entonces no será ingresada en el registro estatal, lo cual podría retrasar su cumplimiento.

Si no está seguro/a de si registrar su orden de protección es la decisión correcta para usted, es posible que quiera contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Un/a intercesor/a puede ayudarle a decidir cuál es el plan de acción más seguro para usted en Minnesota. Para ver una lista de organizaciones locales de violencia doméstica en Minnesota, vaya a nuestra página de MN Intercesoras y Albergues.