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Información Legal: Míchigan

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
27 de marzo de 2024

¿Qué pasa si no registro mi orden de protección? ¿Será más difícil hacerla cumplir?

Ni la ley federal ni la estatal requieren que se registre una orden de protección para que pueda hacerse valer. Sin embargo, si su orden no se entra en el registro estatal y no tiene una copia de ella con usted, un/a policía de Míchigan tendrá que tratar de verificar la orden de otra manera (como contactando al estado que le dio la orden).1 Este proceso puede tomar tiempo, lo que quiere decir que puede tomarle más tiempo hacer cumplir la orden, y si el/la oficial no puede verificar la orden, puede que no se haga valer.2

Si no está seguro/a si registrar la orden es la decisión correcta para usted, puede querer contactar a una organización local de violencia doméstica en su área. Un/a intercesor/a en esas organizaciones pueden ayudarle a decidir cuál es el plan de acción más seguro para usted en Míchigan. Para ver una lista de organizaciones locales de violencia doméstica en Míchigan, vaya a nuestra página MI Intercesoras y Albergues.

1 MCL § 600.2950l(5)
2 MCL § 600.2950l(7)