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Información Legal: Maine

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
28 de noviembre de 2023

¿Cuándo será válida mi orden?

Su orden será válida en cuanto el/la acosador/a sea debidamente notificado/a – esto es igual tanto para una orden temporal ex parte como para una orden final. Si el/la acosador/a se presenta a la audiencia y se da una orden final, él/ella deberá ser notificado/a con la orden por el/la ayudante de el/la alguacil en la corte. Si su acosador/a no se presenta a la audiencia, él/ella aún deberá ser notificado/a con la orden por un/a oficial de la policía para que la orden pueda ser válida.1

1 Vea M.R.S. § 4655(6)