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Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
27 de noviembre de 2023

No me otorgó una orden de protección. ¿Cómo puedo quedarme a salvo?

Si no le otorga una orden de protección, todavía hay algunas cosas que puede hacer para quedarse a salvo. Puede que sea una buena idea contactar a uno de los centros de recursos de violencia doméstica en su área para conseguir ayuda, apoyo y consejo. Pueden ayudarle a desarrollar un plan de seguridad y conectarle con los recursos que necesite. Para ayuda, ideas e información sobre los planes de seguridad, vaya a nuestra página de Planificación de Seguridad. Para encontrar un albergue o a un/a defensor/a en un programa local, por favor, visite nuestra página de MD Intercesoras y Albergues.

Incluso si no tiene orden de protección, si es víctima de abuso y cree que está en peligro de daño inmediato, puede pedirle ayuda a la policía local para acompañarle a la “casa familiar” para recoger las siguientes cosas no importa quién las pagó:

  • su ropa personal y la de cualquier niño/a a quien cuida; y
  • sus pertenencias personales y las de cualquier niño/a a quien cuida, incluyendo medicina o aparatos médicos.1

Si no le otorgó una orden de protección porque su relación con el/la agresor/a no califica, es posible que pueda buscar protección mediante una orden de paz. También es posible que pueda solicitar una orden de protección otra vez si ocurre un nuevo incidente de maltrato doméstico después de que le deniegue la orden.

Si cree que el/la juez/a hizo un error de derecho, puede hablar con alguien en una organización de violencia doméstica o con un/a abogado/a sobre la posibilidad de una apelación. Generalmente, las apelaciones son complicadas y es probable que vaya a necesitar la ayuda de un/a abogado/a. Vea nuestra página de Presentando una Apelación para información general sobre las apelaciones.

1 MD Code Ann., Fam. Law § 4-502(a)(2)