¿Qué protecciones puedo obtener con una orden de prevención por acoso?
Como parte de la orden de prevención de acoso, el/la juez/a puede ordenarle a el/la acosador/a lo siguiente:
- que deje de maltratarle o acosarle;
- que deje de comunicarse con usted, a menos que la corte permita dicho contacto;
- que se mantenga alejado/a de su hogar o de su lugar de trabajo; o
- que le reembolse todo el dinero que usted haya perdido debido al acoso, como:
- pérdida de ingresos profesionales;
- gastos médicos;
- daño a la propiedad;
- el costo de reemplazar sus cerraduras;
- el costo de obtener un número telefónico no listado en las guías; y
- los honorarios de su abogado/a.1
Aviso:puede solicitar los números del 1 al 3, mencionados anteriormente, independientemente de que el/la acosador/a (el/la acusado/a/a) sea un/a adulto/a o un/a menor de edad. Solo puede solicitar el número 4 si el/la acosador/a es mayor de edad.1
1 M.G.L.A. 258E § 3(a)