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Información Legal: Massachusetts

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de diciembre de 2023

¿Puedo cambiar o extender mi orden de prevención por acoso?

Modificar la orden
Tanto usted como el/la acosador/a pueden presentar una solicitud para cambiar (modificar) la orden en cualquier momento y la corte establecerá una fecha para la audiencia. La persona que presenta la solicitud o la corte notificarán a la otra parte. En la audiencia, ambas partes pueden exponer su versión de los hechos y explicarle al/la juez/a el motivo por el cual se debe modificar o no la orden.1

Extender la orden
Existen dos maneras de solicitar una extensión de la orden a la corte. La orden definitiva que reciba debería indicar la fecha y hora de vencimiento de la orden y el día en que debería presentarse nuevamente ante la corte para solicitar una extensión. Puede presentarse ante la corte en dicha fecha y solicitar que el/la juez/a extienda la orden durante más tiempo o la haga permanente. Si la orden se vence en una fecha en que la corte está cerrada, debería ir a la corte al día siguiente en que está abierta. El/la acosador/a también puede presentarse ante la corte el día de vencimiento.

En lugar de presentarse ante la corte el día del vencimiento de la orden, usted puede presentar una solicitud de extensión ante la corte antes de la fecha de vencimiento. Generalmente, después de que una persona presenta una solicitud la corte notifica a la otra parte y establece una fecha para la audiencia. En la audiencia, ambas partes pueden exponer su versión de los hechos respecto de por qué debería extenderse o no a orden.

Usted puede solicitar una extensión de su orden definitiva incluso si no ocurrieron nuevos incidentes de acoso desde la fecha en que se dio la primera orden.2

1 M.G.L.A. 258E § 3(e)
2 M.G.L.A. 258E § 3(d)