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Información Legal: Massachusetts

Massachusetts: Manutención de Menores

Leyes actualizadas al
14 de diciembre de 2023

Manutención de Menores

¿Quién puede solicitar la manutención de un/una menor?
¿Cuánto tiempo dura la manutención de menores?
¿Cuánto dinero puedo recibir por manutención de menores?
¿Cuál de los padres tiene que proveer cobertura de seguro médico para el menor?

¿Quién puede solicitar la manutención de un/una menor?

Usted puede solicitar una orden de manutención de menores si está criando a su hijo/a y viviendo separado/a de el/la otro/a padre/madre. No importa si están casados/as o no.1

Si usted es la madre de el/la menor y está casada con el padre de el/la menor, se asume (“presume”) que su esposo es el padre de el/la menor.2 Sin embargo, si usted no está casada, antes que la corte pueda dar una orden de manutención de menores, la paternidad del padre (paternidad legal) tiene que establecerse. El padre y la madre pueden reconocer voluntariamente la paternidad juntos firmando un reconocimiento de paternidad delante de un/a notario/a público/a o en el hospital al momento del nacimiento.3 O, cualquiera de los padres puede presentar una petición de paternidad en la corte y el/la juez/a puede ordenar pruebas genéticas y establecer la paternidad a través de ese proceso.4

La manutención de menores se puede solicitar como parte de un proceso de divorcio, separación, custodia o paternidad, o se puede solicitar como una acción separada. También puede recibir una orden de manutención temporal de menores como parte de una orden de prevención de maltrato 209A.5

1 M.G.L. 209C § 9; M.G.L. 208 § 28; M.G.L. 209 § 37
2 M.G.L. 209C § 6(a)
3 M.G.L. 209C § 11
4 M.G.L. 209C §§ 2; 17
5 M.G.L. 209A § 3(e)

¿Cuánto tiempo dura la manutención de menores?

Generalmente, los padres están obligados a mantener a sus hijos/as hasta que cumplan al menos 18 años de edad. Sin embargo, la manutención puede durar hasta los 21 si:

  • el/la menor continúa viviendo con uno/a de los padres; y,
  • depende principalmente de ese/a padre/madre.1

1 M.G.L. 209C § 1; M.G.L. 208 § 28

¿Cuánto dinero puedo recibir por manutención de menores?

Los pagos de manutención de menores son calculados según las Guías de Manutención de Menores de Massachusetts, disponibles en el sitio web del gobierno de Massachusetts. Se asume que la cantidad de la orden basada en estas guías es la apropiada. Sin embargo, un/a padre/madre puede intentar convencer a el/la juez/a de que está en el mejor interés de el/la menor que esta cantidad sea diferente. Si logra hacer eso, el/la juez/a puede aumentar o disminuir la cantidad de manutención de menores.1 Para más información sobre cómo hacer cumplir su orden de manutención de menores una vez que la tenga, visite el sitio web de Cumplimiento de Manutención de Menores de Massachusetts.

1 M.G.L. 209 § 37

¿Cuál de los padres tiene que proveer cobertura de seguro médico para el menor?

Si un/a juez/a hace una orden de manutención de menores, el/la juez/a también requerirá que cualquiera de los padres provea una cobertura de seguro médico para el/la menor si la cobertura está disponible para el/la menor y se ofrece a un precio razonable. Un “precio razonable” se considera uno que no sea más del cinco por ciento del ingreso bruto de el/la padre/madre. El/la juez/a también puede ordenar que el/la otro/a padre/madre tenga que contribuir al costo de la cobertura de seguro médico y a cualquier gasto médico que no haya sido reembolsado.

Si el/la menor está inscrito/a en MassHealth, o en un programa parecido en otro estado, entonces será requerido que el/la padre/madre mantenga a ese/a menor inscrito/a en el programa mientras en/la menor sea elegible. Si hay un seguro privado disponible para el/la menor, además de MassHealth, entonces el/la juez/a puede ordenar que cualquiera de los padres inscriba a el/la menor en el seguro privado si:

  • el seguro privado está disponible a un costo razonable;
  • inscribirse en el seguro privado está en el mejor interés de el/la menor; y
  • la inscripción no crea una carga indebida para los padres.1

1 M.G.L. 208 § 28; M.G.L. 209 § 37; M.G.L. 209C § 9