¿Cómo le pruebo el maltrato al arrendador? ¿La información se mantiene confidencial?
El/la dueño/a o arrendador/a tiene el derecho de pedirle evidencia de que usted o uno de los miembros de su hogar es víctima de violencia doméstica, violación, agresión sexual o acecho. El/la dueño/a también puede preguntar el nombre de el/la agresor/a o perpetrador/a.1 Cualquiera de los siguientes documentos puede servirle de evidencia:
- la copia de una orden de protección válida de el/la inquilino/a, coinquilino/a o miembro del hogar;
- el registro de una corte federal, estatal o local o de la policía de un acto de violencia doméstica, violación, agresión sexual o acecho, incluyendo el nombre de el/la agresor/a, si se sabe; o,
- una verificación escrita de un tercero cualificado a quien se le haya reportado el maltrato. Esta verificación debe incluir:
- el nombre de el/la proveedor/a de servicio;
- la fecha del maltrato;
- el nombre de el/la agresor/a, si se sabe; y
- su declaración, bajo pena de perjurio, confirmando que el incidente descrito en la verificación es cierto y correcto. Esta declaración sólo es requisito si usted es un/a adulto/a y tiene la capacidad para hacerla.2
Nota: Cuando pida que le cambien las cerraduras, si el/la agresor/a o perpetrador/a también es un/a inquilino/a, coinquilino/a o miembro del hogar, usted debe dar una copia de una de las primeras dos opciones, mencionadas arriba, indicando que el/la agresor/a representa una amenaza inmediata (inminente) de violencia doméstica, violación, agresión sexual o acecho.3
Los documentos y la información que usted provea son confidenciales y el/la arrendador/a no puede compartirlos con cualquier persona o agencia. Las únicas excepciones a ésta restricción son:
- si la víctima da una autorización escrita; o
- si la información es requerida por una orden de la corte, un reglamento del gobierno o una auditoría gubernamental.4
1 M.G.L. 186 § 24(a)
2 M.G.L. 186 § 24(e)
3 M.G.L. 186 § 26(c)
4 M.G.L. 186 § 24(f)