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Información Legal: Luisiana

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
21 de noviembre de 2023

¿Cómo hago para que mi orden de protección se pueda hacer cumplir en otro estado?

La ley federal no requiere que usted tome ningún paso especial para hacer que su orden de protección sea respetada en otro estado.

Varios estados tienen leyes o regulaciones (reglas) acerca de registrar las órdenes de protección de otros estados, lo que puede hacer más fácil que una orden se haga cumplir. Sin embargo, una orden de protección válida se tiene que hacer cumplir independientemente de que esta haya sido o no registrada en el nuevo estado.1 Estas regulaciones cambian dependiendo del estado, así que puede ayudarle averiguar las reglas en su nuevo estado. Para más información, puede comunicarse con una organización contra violencia doméstica en su área siguiendo este en nuestra página de Intercesoras y Albergues y seleccionando el nuevo estado del menú desplegable.

Nota: Es importante mantener una copia de su orden de protección con usted en todo momento.  También es una buena idea conocer las reglas de los estados en los que vivirá o visitará para asegurarse que su orden de protección de otro estado puede ser cumplida eficientemente.

1 18 U.S.C. § 2265(d)(2)