WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Kansas

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Actualizada: 
15 de noviembre de 2023

Paso 1: Consiga la petición.

Una petición para una orden de protección contra el acecho, la agresión sexual o la trata humana se le puede solicitar a un/a juez/a o secretario/a de la corte en cualquier corte de distrito.1 Si la petición está siendo solicitada por un/a adulto/a en nombre de un/a menor, la ley determina que la petición debe ser solicitada en el condado donde ocurrió el acecho, la agresión sexual o la trata humana.

Puede encontrar los formularios en línea en nuestra página de KS Formularios Judiciales. También puede conseguir los formularios con el/la secretario/a de la corte en su corte local de distrito.3 Para encontrar una lista de cortes en Kansas, vea nuestra página de KS Tribunales. Recuerde llevar con usted algún tipo de identificación como la licencia de conducir. Es posible que también quiera llamar a la corte de antemano (si puede) para ver si hay ciertos horarios en los que las peticiones se le presenten a el/la juez/a.

1 Kan. Stat. § 60-31a04(a)
2 Kan. Stat. § 60-31a04(b)
3 Kan. Stat. § 60-31a04(d)

Paso 2: Llene los formularios.

Cuando llene los formularios necesarios para conseguir una orden de protección contra el acecho, la agresión sexual o la trata humana, usted será el/la demandante y el/la agresor/a será el/la demandado/a. Deberá incluir lo siguiente en su petición:

  • su nombre;
  • el nombre de el/la demandado/a;
  • las fechas en las que ocurrió el comportamiento acechante, la agresión sexual o la trata humana; y
  • los actos específicos que se cometieron.1

Nota: Su dirección y número de teléfono no se le mostrarán a el/la demandado/a o al público.2

Lea la petición cuidadosamente y hágale preguntas al personal de la corte si no entiende algo. No firme los formularios hasta que se los haya mostrado a el/la secretario/a de la corte ya que es posible que tenga que firmarlos delante de un/a notario/a o secretario/a en la corte.

1 Kan. Stat. § 60-31a04(a)
2 Kan. Stat. § 60-31a04(f)

Paso 3: Un juez revisará su petición y es posible que pueda darle una orden temporal ex parte.

Su petición se le entregará a el/la juez/a. Si el/la juez/a entiende que hay “justa causa” para hacerlo, el/ella puede darle una orden temporal ex parte inmediata. Esta orden se mantendrá vigente hasta la audiencia completa en corte, que usualmente en menos de 21 días de haber presentado la peticion.1 Se le entregarán copias de la orden temporal y la petición que usted presentó. Recuerde tener una copia de la orden temporal con usted en todo momento.

El/la demandado/a deberá ser notificado/a formalmente de la petición, la orden ex parte y la notificación de la audiencia a través de “notificación personal”.2 El/la secretario/a de la corte puede decirle cómo el/la demandado/a deberá ser notificado/a y quién puede hacer la notificación.

1 Kan. Stat. § 60-31a05
2 Kan. Stat. § 60-31a05(e)

Paso 4: La audiencia.

Usualmente se fijará una fecha para la audiencia de su petición en menos de 21 días de la solicitud, independientemente de si el/la juez/a le dio o no una orden temporal ex parte cuando usted presentó su petición.1 En esta audiencia, tanto usted como el/la agresor/a tendrán la oportunidad de presentar evidencia, testimonio y testigos para probarle su caso a el/la juez/a. Entonces el/la juez/a decidirá si darle o no una orden final. Es muy importante que asista a la audiencia judicial. Si usted no va a la audiencia, su orden temporal expirará.

Si el/la agresor/a no se presenta a la audiencia, el/la juez/a puede emitir una orden en “rebeldía”, dándole lo que usted pidió en su petición. El/la juez/a también puede decidir posponer la fecha de la audiencia para poder escuchar el testimonio de el/la agresor/a. Si el/la juez/a pospone la audiencia, asegúrese que su orden temporal sea extendida hasta la fecha de la próxima audiencia.

Es posible que quiera contratar a un/a abogado/a para que le ayude con su caso, especialmente si el/la agresor/a tiene uno/a. Si el/la agresor/a se presenta con un/a abogado/a, usted puede pedirle un “aplazamiento” a el/la juez/a para que le dé tiempo de encontrar un/a abogado/a. Vaya a KS Encontrando a un Abogado para encontrar ayuda en su área.

También puede leer la sección  Durante la Audiencia para ver formas en las que puede demostrarle a el/la juez/a que usted fue maltratado/a. Esto puede ser muy útil si usted se está representando por su cuenta. Puede aprender más sobre el sistema judicial en nuestra sección Preparándose para la Corte– Por su Cuenta.

1 Kan. Stat. § 60-31a05(a)