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Información Legal: Kansas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de noviembre de 2023

Paso 3: Notificación

El/la agresor/a debe recibir la notificación de la audiencia y la orden de protección temporal contra el maltrato (PFA), si el/la juez/a le ha dado una. Si el/la agresor/a no recibe la notificación, la audiencia será reprogramada. Si esto ocurre, asegúrese de que su orden temporal sea extendida hasta que se lleve a cabo la audiencia judicial.

La corte puede enviarle copias de la orden y la notificación de la audiencia a el/la alguacil (sheriff), y entonces la policía le hará la notificación a el/la agresor/a.

Tenga en cuenta que es posible que tenga que dar alguna información de contacto de el/la demandado/a (agresor/a), como su dirección, fecha de nacimiento, etc., para que la policía o el/la sheriff pueda encontrarle. No intente notificarle a el/la agresor/a por su cuenta.

Puede encontrar más información sobre la notificación en nuestra sección Preparándose para la Corte – Por su Cuenta, en la pregunta ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?