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Información Legal: Kansas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
15 de noviembre de 2023

Paso 2: Un juez revisará su petición.

Cuando usted haya llenado los formularios con el/la secretario/a de la corte, el/ella le llevará su petición a el/la juez/a para que la revise.

Si usted está en peligro inmediato y necesita la protección de una orden temporal, es posible que se le requiera reunirse con el/la juez/a para explicarle por qué usted cree que es necesaria la orden temporal. El/la agresor/a no estará presente en esta audiencia.

Si el/la juez/a entiende que usted o su hijo/a están en peligro serio e inmediato, el/ella puede darle una orden temporal que será válida hasta la audiencia en la corte.

Aunque el/la juez/a le dé o no una orden temporal, se le dará una fecha para la “audiencia” judicial, usualmente en menos de 21 días. Esta audiencia será delante de un/a juez/a a la hora indicada en la Notificación de la Audiencia.  La “Notificación de la Audiencia” es el documento que le indica a el/la demandado/a cuándo y dónde presentarse para la audiencia judicial. En esta audiencia, ambas partes tendrán la oportunidad de presentarle evidencia a el/la juez/a.