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Información Legal: Indiana

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
14 de noviembre de 2023

¿Qué tipos de órdenes de protección existen? ¿Cuánto tiempo duran?

Una orden de protección es una orden judicial civil que tiene por objeto proporcionar protección contra la violencia doméstica o intrafamiliar, el acoso, el acecho o una ofensa sexual. Hay dos tipos de órdenes:

Órdenes de protección ex parte: Si usted es víctima de violencia doméstica o intrafamiliar, se le puede dar una orden ex parte tan pronto como usted presente su petición, sin que el/la agresor/a esté presente o sea notificado/a de antemano. Sin embargo, el/la juez/a no puede dar una orden ex parte basada solamente en el acoso.1 Cualquiera de las partes tiene 30 días a partir de la fecha en que el/la agresor/a es notificado/a a través de la orden ex parte para solicitar una audiencia sobre la orden de protección ex parte. Aún si ninguna de las partes solicita una audiencia, el/la juez/a debe llevar una a cabo dentro de los próximos 30 días, si en su petición usted o el/la juez/a incluye:

  • que se saque o se excluya a el/la demandado/a del hogar de usted;
  • posesión exclusiva, cuidado, custodia o control de cualquier animal poseído, propiedad o cuidado por cualquier de las partes, de un/a menor de edad de una de las partes, o de algún otro familia o miembro del hogar;
  • una orden de que la otra parte no puede remover, transferir, hacerle daño, esconder, atacar, maltratar, amenazar con maltratar o de otra forma deshacerse del animal descrito anteriormente;
  • que usted tenga la posesión y uso de la residencia, un auto y otros efectos personales;
  • otros remedios necesarios para proveer para su seguridad y bienestar o el de su familia o miembro del hogar;
  • arreglos de tiempo parental que incluyan la supervisión por una tercera persona o que se nieguen el derecho parental;
  • una orden para que el/la demandando/a:
    • pague los honorarios de abogado o costas judiciales relacionadas a la presentación del caso;
    • pague renta o haga un pago de hipoteca en su hogar;
    • pague por manutención suya o de un/a menor de edad;
    • le reembolse a usted o a alguien más por gastos relacionados a la violencia doméstica o familiar o al acecho; o
    • que pague los costos y gastos relacionados al uso de un dispositivo de GPS; o 
  • una orden que indique que el/la demandado/a no puede usar un arma de fuego, municiones o un arma mortal, y que debe entregarlas a la policía.2

El tribunal notificará por correo a ambas partes la fecha y la hora de la audiencia.3

Órdenes de protección definitivas: si cualquiera de las partes solicita una audiencia o si el/la juez/a la ordena sin que alguien la solicite, ambas partes tienen el derecho de presentarse a la audiencia en el tribunal y presentar evidencia, testimonios, testigos, etc. Usted debe asistir a esa audiencia aunque el/la agresor/a no lo haga. Usted puede obtener una orden definitiva aun cuando el/la agresor/a no se presente, siempre y cuando se le haya notificado sobre la audiencia. 

Independientemente de si hay una audiencia o no para la orden final, o si el/la demandado/a no pelea la orden ex parte, ésta por lo general durará dos años, a menos que diga lo contrario. Sin embargo, una orden no tendrá fecha final (o sea que será válida indefinidamente) si el/la demandado/a es un/a “ofensor/a sexual violento/a” y se le requiere registrarse como tal, de por vida, por un crimen cometido en contra de usted.4

Las órdenes de dos años también pueden extenderse más allá de los dos años. Vea ¿Cómo cambio o extiendo la orden?

Puede encontrar las formas que necesita para solicitar una orden en nuestra página de Formularios Judiciales de Indiana.

1 IC § 34-26-5-9(a), (b)
2 IC § 34-26-5-10(a), (c)
3 IC § 34-26-5-10(a)
4 IC § 34-26-5-9(f), (g)