¿Cuál esta definición de violencia doméstica, sexual y de género?
Para los efectos de esta ley, la violencia doméstica se define como:
- maltrato físico;
- acoso;
- intimidación de una persona dependiente;
- interferencia con la libertad personal; o,
- privación deliberada.1
Para los efectos de esta ley, la violencia sexual se define como cualquier acto descrito en cualquiera de los siguientes delitos, sin importar si se presentan cargos criminales, un enjuiciamiento o si hay una convicción como consecuencia:
- todos los crímenes enumerados en el Artículo 11 del Código Criminal de Illinois excepto por las Secciones 11-35 y 11-45;
- agresión sexual criminal;
- agresión sexual criminal agravada;
- agresión sexual criminal depredadora de un/a menor de edad;
- abuso sexual criminal; o,
- abuso sexual criminal agravado.2
Para los efectos de esta ley, la violencia de género se define como cualquiera de las siguientes, sin importar si se presentan cargos criminales, un enjuiciamiento o si hay una convicción como consecuencia:
- un acto criminal que se cometió, al menos en parte, en base al sexo o género real o percibido de una persona;
- un acto criminal que involucra invasión/intrusión física, de naturaleza sexual, bajo “condiciones coercitivas”; o,
- una amenaza de cometer cualquiera de los actos mencionados arriba, que le cause un miedo real a la víctima de que el acto será cometido.3
1 820 ILCS 180/10(6); 60/103(1)
2 820 ILCS 180/10(5), (20)
3 820 ILCS 180/10(5), (12.5)