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Información Legal: Illinois

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
23 de enero de 2024

¿Qué tipos de órdenes de protección están disponibles? ¿Cuánto tiempo duran?

Existen tres tipos de órdenes. Las órdenes de emergencia y provisional proveen una protección temporal de corto plazo. La orden plena ofrece protección a largo plazo.

Órdenes de emergencia. Una orden de emergencia puede ser obtenida solamente en base a su testimonio frente al juez. El juez puede otorgarle esta orden ex parte (sin previa notificación a la persona agresora y sin necesidad de que él/ella esté presente en la corte) si el daño que usted está tratando de evitar probablemente se lleve a cabo si él/ella es notificado/a de que usted está solicitando una orden.1Para lograr que la persona agresora sea retirada de la casa que comparte con usted, el/la juez/a debe creer que el peligro inminente de sufrir más abusos es mayor que los problemas causados a la persona agresora por ser retirada repentinamente de su casa.2 Usted también puede obtener la posesión de bienes de propiedad personal con la orden de emergencia, si el/la juez/a cree que el/la agresor/a quiere deshacerse de estos bienes al enterarse de que usted está haciendo la petición de estos a el/la juez/a, o si usted tiene una necesidad urgente de la posesión de esas pertenencias.3

Usted puede solicitar una orden de protección de emergencia incluso en días feriados y fines de semana o cuando la corte está cerrada en la noche. Puede hacer una petición de una orden de emergencia de 21 días frente a cualquier juez/a del circuito o juez/a asociado/a que está disponible.4 La orden de emergencia dura hasta que usted pueda tener una audiencia plena para obtener una orden plena/final, usualmente en el lapso de 14 a 21 días.5

Órdenes interinas/provisionales. Usted no necesita tener una audiencia completa en la corte para que le sea otorgada una orden provisional. Sin embargo, la persona agresora (o posiblemente el/la abogado/a de esta) debe haber hecho una comparecencia inicial ante la corte o la persona agresora debe haber sido notificada de la fecha de su audiencia en la corte antes que a usted le hayan dado la orden interina.6 Las órdenes interinas generalmente son utilizadas para protegerle en el tiempo que transcurre desde que su orden de emergencia expira y la audiencia para su orden plena tenga lugar. Una orden interina dura hasta por 30 días.7

Órdenes plenas. Una orden de protección plena puede ser emitida solo después de la audiencia de la corte, en la cual ambos usted y el/la agresor/a tienen la oportunidad de presentar evidencias. Una orden plena puede durar hasta dos años,8 y no existe limite en las veces que una orden plena puede ser renovada.9 Ver ¿Cómo cambio o extiendo mi orden de protección? para mayor información acerca de cómo renovar una orden. Es posible que usted querría que un abogado le represente en la audiencia, especialmente si cree que la persona agresora tiene uno. Vaya a nuestra página de referencias legales, IL Encontrando a un Abogado.

1 750 ILCS 60/217(a)(3)(i)
2 750 ILCS 60/217(a)(3)(ii)
3 750 ILCS 60/217(a)(3)(iii)
4 750 ILCS 60/217(c)(1)
5 750 ILCS 60/220(a)(1)
6 750 ILCS 60/218(a)(3)
7 750 ILCS 60/220(a)(2)
8 750 ILCS 60/220(b)
9 750 ILCS 60/220(e)