WomensLaw sirve y apoya a todas las personas sobrevivientes sin importar su sexo o género.

Información Legal: Illinois

Órdenes de Restricción

Ver Todo
Actualizada: 
23 de enero de 2024

¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en Illinois?

Para el propósito de obtener una orden de protección, la violencia doméstica se define como cualquiera de las siguiente cosas:

  1. Abuso físico - la ley lo define como:
    • abuso sexual;
    • uso de fuerza física, encierro o restricción;
    • intencional, repetida e innecesariamente privarle del sueño; o
    • un comportamiento que causa peligro inminente de daño físico.1
  2. Acoso – conducta innecesaria que le causa angustia emocional. La ley asume como acoso lo siguiente:
    • crear trastornos o disturbios en el lugar donde usted trabaja o en su escuela;
    • telefonearle repetidamente a su trabajo o escuela;
    • seguirle repetidamente a un lugar o lugares públicos;
    • mantenerle bajo constante vigilancia por esperando afuera de su trabajo, escuela, vehículo, o en otro lugar en el que usted se encuentre o atisbarle a través de ventanas;
    • amenazar con fuerza física encierro o restricción en una o más ocasiones; o
    • esconder al hijo suyo de manera impropia o amenazarle repetidamente con hacerlo, amenazar de manera repetida con sacar a su hijo/a del cuidado físico de usted o del estado, o amenazándole con hacer una de estas cosas soló una vez despues de realizando a, o intentando a, esconder o sacar a su hijo/a en una manera impropia; (Nota: Existe un excepción para alguien que es acusado/a de hacer esto si él/ella está escapando de un incidente o patrón de violencia doméstica).2
  3. Intimidación a un dependiente - cuando el/la agresor/a le hace a alguien que alguien es dependiente de la persona agresora, ya sea por su edad, su salud, o por discapacidad participar o ser testigo del uso de fuerza física, del confinamiento físico, o de restricciones en contra de otra persona sin importar si la otra persona es de su familia o miembro del hogar.3
  4. Interferencia de la libertad personal - al cometer o amenazar con cometer abuso físico, acoso, intimidación o privación, como no darle la comida, medicina, o albergue, con la intención de forzarle a hacer algo que usted no quiere hacer, o no permitiéndole realizar lo que le corresponde por derecho.4
  5. Privación intencional – la negación intencional del derecho que tiene un anciano/a o persona discapacitada a acceder a medicamentos, cuidado médico, albergue, alimentación u otro tipo de asistencia que la persona necesita, poniéndola en riesgo de algún daño de tipo físico, mental o emocional.5

1 750 ILCS 60/103(1), (14)
2 750 ILCS 60/103 (1), (7)
3 750 ILCS 60/103 (1), (10)
4 750 ILCS 60/103 (1), (9)
5 750 ILCS 60/103 (1), (15)