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Información Legal: Georgia

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
31 de octubre de 2023

Paso 1: Conseguir los formularios necesarios y llenarlos.

Usted puede presentar una petición para una orden de protección contra la violencia familiar en la corte superior donde vive su agresor.  Si el agresor no vive en Georgia, usted debe ir a la corte superior donde usted vive, o donde ocurrió el abuso.1  Para encontrar la información de contacto de los juzgados, vaya a GA Tribunales.  En el juzgado, usted hablará con el secretario civil del juzgado.  Pídale una petición para una orden de protección contra la violencia familiar.  El secretario le dará los formularios que usted necesita presentar.  Si usted necesita ayuda para llenar el formulario, pídale ayuda al secretario.  Usted también puede encontrar enlaces para formularios en línea en nuestra página de GA Formularios Judiciales.

Además, es posible que usted pueda conseguir ayuda a través de una de las organizaciones de violencia doméstica en nuestra página de GA Intercesoras y Albergues.

Nota: No se olvide de llevar alguna forma de identificación (una licencia de manejar o tarjeta de identificación con foto) cuando vaya a la corte para llenar una petición. Llene la petición cuidadosamente.  Sea específica.  Escribe sobre los incidentes más reciente de violencia, usando lenguaje descriptivo (dar bofetadas, golpear, agarrar, amenazar, cuándo se llamó la policía, etc.) apropiado para su situación.  Incluya instancias anteriores de abuso donde el formulario le pida.  El juez tomará una decisión de otorgar o no una orden temporaria ex parte basada en los eventos que usted describe.  Asegúrese de que la información proporcionada cuente su historia precisamente y en detalle.

1 O.C.G.A. § 19-13-2

Paso 2: Conseguir una orden temporaria ex parte de protección contra la violencia familiar.

Si usted está en peligro inmediato, puede pedir una orden temporaria ex parte de protección contra la violencia familiar cuando presente su petición.  Según el Manual de Auto-Ayuda de las Cortes de Georgia, cada corte funciona de una manera un poco distinta.  En algunos casos, usted tiene que decirle al alguacil o al juez que tiene una petición de violencia familiar y que quiere una audiencia ex parte.  En algunas cortes, es posible que el juez se reúna con usted en su cámara - el equivalente de la oficina de un juez (el agresor no estará presente).  Usted tendrá que prestar juramento y es posible que el juez le haga preguntas sobre su caso y las protecciones que busca. Las organizaciones de violencia doméstica frecuentemente ayudan a las personas a navegar el proceso de conseguir una orden ex parte.

Paso 3: Notificación de la demanda

Si el juez le da una orden temporaria ex parte, es posible que usted tenga que llevarla a la oficina del secretario para presentarla.  Según el Manual de Auto-Ayuda de las Cortes de Georgia, la notificación puede ser diferente en condados diferentes - es posible que usted tenga que llevar la orden al departamento del sheriff y llenar un formulario para que esa oficina pueda notificar al agresor de la demanda. Si es así, usted tendrá que llenar información sobre la dirección, el lugar de trabajo y las horas de trabajo, el número de Seguridad Social y una descripción física del agresor.  A veces la persona que presenta la petición llena el formulario en la oficina del secretario y el secretario envía este formulario y la copia para el demandado de la petición y la orden temporaria ex parte a la oficina del sheriff para que se notifique al demandado.  Usted puede preguntarle al secretario cómo se hace la notificación en su condado.

Usted puede ir a nuestra página de GA Comisarías de Sheriff para encontrar el departamento del sheriff más cerca de usted.  Es necesario que el agresor reciba la petición y es dado aviso de la audiencia.

Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

Paso 4: La audiencia

Le otorgue el juez una orden temporaria ex parte o no, es probable que le dé una fecha para una audiencia dentro de 30 días para determinar si se otorga una orden final de protección contra la violencia familiar. La audiencia será con un juez. Ambos usted y el agresor tendrán la oportunidad de estar en esta audiencia y presentar evidencia y testimonio.

Es necesario que usted vaya a la audiencia. Si no va a la audiencia, su orden temporaria de protección contra la violencia familiar caducará y usted tendrá que empezar el proceso de nuevo. Si el agresor no está presente en la audiencia, es posible que el juez todavía le otorgue una orden de protección contra la violencia familiar, o es posible que el juez establezca la fecha para una audiencia nueva.

Por lo general, es mejor tener presente un abogado para representarla a usted en la audiencia, especialmente si el agresor tiene abogado. Para recomendaciones para abogados, vaya a nuestra página de GA Encontrando a un Abogado. Si usted va a representarse a sí misma, puede ver la página de Durante la Audiencia para encontrar maneras de mostrarle al juez que usted fue abusada.