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Información Legal: Florida

Protecciones en el Lugar de Trabajo

Actualizada: 
6 de octubre de 2023

¿Es legal si mi empleador me hostigue o le diga a mis compañeros de trabajo de mi situación?

No. Su empleador no puede despedirlo, hostigarlo, ponerlo en una posición difícil, o castigarlo de cualquier manera, por pedir tiempo libre o tomarse el tiempo libre.1

También, la ley requiere que su empleador mantenga su situación de violencia doméstica confidencial.2 Por ejemplo, su empleador no puede decirle a sus compañeros de trabajo, sus clientes, u otro empleado que usted faltó al trabajo por sus asuntos de violencia doméstica. Su empleador tampoco puede revelar (no puede hablar o escribir) la razón de su tiempo de ausencia. Él/ella debe también mantener en privado cualquier documento que usted le dé que esté relacionado con su situación de violencia doméstica.

1 Fla. Stat. § 741.313(5)(b)
2 Fla. Stat. § 741.313(4)(c)

Después de tomar tiempo libre bajo esta ley, yo era una de muchas personas despedidas por mi empleador. ¿Es eso legal?

La ley dice que su empleador no puede despedirlo o castigarlo porque se tomó tiempo libre para atender sus asuntos de violencia doméstica. No obstante, su empleador puede aún despedirlo o castigarlo por otras razones válidas (como recorte de presupuesto, por no hacer bien su trabajo, o razones que no tienen nada que ver con su situación de violencia doméstica).1

Nota: Algunas veces, un empleador dará una razón “falsa” para despedir a alguien para esconder la razón real.  Si usted tiene hechos o evidencia de que: (1) su empleador no está siendo honesto acerca del por que lo está despidiendo, y (2) que la razón real del por que lo despiden es porque usted se tomó tiempo libre por asuntos relacionados con la violencia doméstica, entonces usted podría contactar a un abogado que se especialice en discriminación laboral o a la Comisión de Relaciones Humanas en Florida.

1 Fla. Stat. § 741.313(5)(c)

Si soy citado para testificar en un caso de violencia doméstica, ¿puede mi empleador despedirme?

Si usted faltó al trabajo porque usted fue citado por una subpoena (ordenado por la corte) para testificar en un caso de violencia doméstica, su empleador no puede despedirlo por su ausencia. Esto aplica ya sea para su propio caso (si usted era la víctima) o como testigo de violencia doméstica a otra persona. Tampoco puede ser despedido por el contenido de su testimonio (lo que planteó en la corte).1

1 Fla. Stat. § 92.57