¿Qué acciones médicas o legales, específicamente, puedo llevar a cabo al tener de 1 a 3 días libres?
Su empleador debe darle tiempo libre para hacer cualquiera de las siguientes cosas si usted o algún miembro de su familia está atravesando problemas de violencia doméstica:
- Obtener una orden judicial por protección en contra de violencia doméstica (una orden restringida);
- Obtener ayuda médica – ver a un doctor, consejero de salud mental, o profesión en el cuidado de la salud, para cuidarse de heridas o problemas de salud (ambas físicas y psicológicas) causadas por violencia doméstica;
- Obtener ayuda legal – ir a la corte, testificar en la corte, o buscar ayuda de abogados o consejeros legales;
- Buscar servicios de violencia doméstica – ir a refugios de violencia doméstica, programas o centros de crisis por violación, si usted va a buscar ayuda por violencia doméstica;
- Hacer de su hogar un lugar seguro – para hacer que esté a salvo de violencia doméstica, o tratar de encontrar un nuevo hogar para escapar de su agresor.1
1 Fla. Stat. § 741.313(2)(b)