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Información Legal: Florida

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
6 de octubre de 2023

¿Puedo obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica?

Las órdenes de protección contra la violencia doméstica la protegen a usted de cualquier miembro de su familia o de su hogar, que se define como:

  1. su esposo/a o ex-esposo/a;
  2. cualquier pariente de sangre o por matrimonio - por ejemplo su tío/a, primo/a, cuñado/a;
  3. cualquier persona que vive o ha vivido con usted en su casa, como si fueran parte de la familia, incluso si ya no viven con usted; o
  4. la madre o el padre de su hijo/a, aún si este/a nunca ha vivido con usted o si jamás se han casado.1

Para leer acerca de las situaciones que son consideradas violencia doméstica con el propósito de solicitar una orden de protección, fíjese en ¿Cuál es la definición legal de la violencia doméstica en Florida?

Si es un menor, es posible que necesite que uno de sus padres o un tutor legal pide la orden de protección en su nombre.2 Puede que quiera contactar a un programa contra la violencia doméstica para más información si es un menor de edad. Vea FL Intercesoras y Albergues para encontrar un programa en su área.

Nota: Si su relación con la persona que le maltrata no está en la lista anterior, vea Si no califico para una orden de restricción contra la violencia doméstica, existe alguna otra orden que pueda obtener para mi protección?

1 Fla. Stat. § 741.28(3)
2 Fla. Stat. § 784.046(2)

¿Puedo obtener una orden de protección en contra de mi pareja del mismo sexo?

En Florida, puede solicitar una orden de restricción en contra de una pareja actual o anterior del mismo sexo, siempre que la relación cumpla con los requisitos enlistados en ¿Puedo obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica? También debe ser víctima de un acto de violencia doméstica, que se explica en ¿Cuál es la definición de violencia doméstica en el estado de la Florida?

En la página de Víctimas LGBTQIA, puede encontrar información sobre el maltrato a víctimas de la comunidad LGBTQIA y los tipos de barreras que pueden enfrentar.

¿Puede un menor solicitar una orden de restricción?

Si es un menor, es posible que necesite que uno de sus padres o un tutor legal pide la orden de protección en su nombre.1 Puede que quiera contactar a un programa contra la violencia doméstica para más información si es un menor de edad.  Vea FL Intercesoras y Albergues para encontrar un programa en su área.

1 Fla. Stat. § 784.046(2)

¿Cuál es el tiempo mínimo que debo haber vivido en la Florida antes de poder pedir una orden de restricción contra la violencia doméstica?

No hay un requerimiento de tiempo de residencia que usted deba cumplir antes de poder hacer su reclamo. Además, usted tiene la opción de solicitarla en el condado en el que el agresor vive, o donde la violencia doméstica ocurrió en vez de solicitarla en el condado en el que usted vive actualmente.1 Esto puede ser la mejor opción si usted se mudó a otro condado y el agresor no sabe en qué condado vive usted ahora.

1 Fla. Stat. § 741.30(1)(k)

¿Cuánto cuesta? ¿Necesito un abogado?

Llenar y solicitar una petición para una Orden de Restricción Contra Violencia Doméstica no tiene costo en el estado de la Florida.1

Usted puede escoger ser su propia representante durante el proceso de petición de una Orden para la Protección Contra la Violencia Doméstica, y esto se llama ir a la corte ¨pro se.¨2 Aunque, muchas personas han tenido éxito en obtener una Orden representándose a si mismas, en varias situaciones puede ser beneficioso para usted estar acompañada por un abogado durante el proceso. Esto es especialmente cierto en los casos en donde el acusado tiene un abogado, o cuando hay involucrada una disputa por gastos de manutención. Si usted no dispone de fondos para pagar un abogado, uno de los proveedores de asistencia legal en nuestra página: FL Encontrando a un Abogado podría ayudarle.

Si usted definitivamente no puede o no desea contratar un abogado, quizás quiera encontrar a una defensora que puede ayudarle durante el proceso para obtener una orden de restricción. El hecho de tener a alguien a su lado ayudándole puede ser de gran ayuda.  Usted encontrará una persona que pueda ayudarle y que conozca el sistema al contactar la organización local de Violencia Doméstica de su área en nuestra página de FL Intercesoras y Albergues.

1 Fla. Stat. § 741.30(2)(a)
2 Fla. Stat. § 741.30(1)(f)

Si va a estar en la corte sin abogado/a, nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta puede ser útil para usted.

Si no califico para una orden de restricción contra la violencia doméstica, ¿existe alguna otra orden que pueda obtener para mi protección?

Si no califica para una orden de restricción contra violencia doméstica, es posible que califique para una de estas órdenes de restricción - haga clic en el enlace para aprender más:

  1. Orden de Restricción contra Violencia Recurrente
  2. Orden de Restricción contra Violencia entre Novios
  3. Orden de Restricción contra Violencia Sexual.

Usted puede llenar estas solicitudes en representación de un menor de edad (menor de 18 años), si esta víctima vive en su casa y es la víctima de la Violencia en contra de la cuál usted esta buscando protección.1

El ayudante de la corte le dará a usted los formularios e información necesaria para llenar cualquiera de las Órdenes descritas. El ayudante de la corte también le ayudará a llenar correctamente los formularios. Por favor visite nuestra página de FL Formularios Judiciales para enlaces a formularios en-línea.

El proceso será similar al descrito en: Los pasos para obtener una orden de restricción contra la violencia doméstica.

1 Fla. Stat. § 784.046