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Información Legal: Florida

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
6 de octubre de 2023

Paso 1: Vaya a la corte y solicite los formularios necesarios

Para obtener una orden de restricción usted debe entregar su formulario lleno al asistente de la corte.  Es él/ella quien mantiene los formularios y otros archivos.  Puede entregar su formulario en el condado que cumpla los siguientes requisitos

  • donde usted vive actualmente (aunque haya vivido en ese condado por un día);
  • donde vive su atacante; o
  • donde la violencia doméstica ocurrió.1

Para encontrar la ubicación de la corte en el condado en donde vive por favor vaya a la siguiente página FL Tribunales, o busque directamente en la sección de agencias del gobierno del directorio telefónico local, o en la página de Internet de su condado

El ayudante de la Corte del Condado le proporcionará el formulario de “Petición para la Orden de Restricción contra la Violencia Doméstica” junto con instrucciones sobre como llenarlo. Éste formulario es su petición formal. También puede encontrar los formularios en línea en nuestra página FL Formularios Judiciales.  Éste y otros documentos de la corte generalmente se referirán a su atacante como el/la “respondent” y a usted como el/la “petitioner.”  No hay ningún costo para solicitar una orden.2

También puede recibir ayuda a través de una de las organizaciones para víctimas de violencia doméstica en FL Intercesoras y Albergues.

Nota: Para poder entregar su formulario va a necesitar presentar cualquier documento de identidad (puede ser su licencia de conducir, o una identificación con su foto).

1 Fla. Stat. § 741.30(1)(k)
2 Fla. Stat. § 741.30(2)(a)

Paso 2: Llene los formularios.

Llene su formulario o petición muy cuidadosamente, y de requerir ayuda no dude en pedirla al ayudante de la corte. Éste formulario va a ser usado por el Juez(a) para determinar si usted necesita ayuda, y el tipo de ayuda que es necesario.

Si el formulario requiere que usted escriba la dirección de su domicilio y usted cree que por dar esa información pueda estar usted en peligro menciónelo al ayudante del Juez(a). El(la) le dará instrucciones sobre un nuevo formulario que deberá llenar en el cual usted le solicita a la corte que mantenga esa información secreta.

Es probable que tenga que proporcionar la siguiente información cuando solicite su orden:

  1. La dirección y el trabajo actual, mas reciente, del agresor
  2. La fecha de nacimiento y una descripción física del agresor
  3.  Otros nombres (apodos) que usa el agresor
  4. Si usted está o estuvo casada con su atacante debe proporcionar información sobre el lugar y la fecha en donde se casaron, divorciaron y/o separaron
  5. Una lista otros casos pendientes en la corte que involucren a usted y al agresor y
  6. Una lista de las ocasiones en las que usted solicitó una orden de restricción contra el agresor y qué sucedió en esos casos.1 

El formulario le va a pedir información detallada sobre los hechos y circunstancias rodeando al acto de Violencia familiar, y las razones por las cuales usted esta buscando protección.

Lea la petición/formulario cuidadosamente y pregunte lo que no entienda. Describa en detalle la manera cómo el atacante/agresor la agredió o amenazó. Escriba el lugar y momento en el cuál se dieron los hechos. Incluya una descripción escrita sobre el incidente más reciente de violencia y use palabras fuertes y precisas que describan la situación, por ejemplo: cachetada, golpe, apretón, ahorcamiento, amenazas, vulgaridades, etc. Sea lo más específica que pueda en los detalles y las fechas, de ser posible.

No firme el formulario sin haberlo mostrado al ayudante. El formulario tiene que ser firmado en presencia de un notario público, un secretario de la corte, o un juez(a) en la corte.

1 Fla. Stat. § 741.30(3)(b)

Paso 3: El juez revisará su petición

Después de que llene su petición/formulario déselo a el/la ayudante de el/la juez/a. Él/ella le llevará el formulario a el/la juez/a, quien rápida y juiciosamente lo revisará y emitirá una orden de restricción temporal ex-parte en el caso de que encuentre que si existe la amenaza de violencia contra usted o algún miembro de su familia. El/la juez/a tomará ésta decisión en base a los hechos que usted describa en su formulario, así que asegúrese de incluir todos los detalles que demuestren que la amenaza es real e inmediata. La orden temporal tendrá una duración de 15 días únicamente.

Antes de poder obtener una orden final, usted tendrá una audiencia con el/la juez/a y el/la atacante tendrá la oportunidad de estar presente. La fecha para ésta audiencia le será asignada al mismo tiempo que se emite la decisión para la orden temporal. Ésta audiencia será fijada para una fecha previa a la del vencimiento de la orden temporal.

Paso 4: Notificación del proceso

En el caso de que le sea otorgada la orden de restricción temporal ex-parte, esta no entra en efecto sino hasta que su atacante sea oficialmente notificado. El ayudante de la corte proporcionará al agente oficial apropiado (sheriff, por ejemplo) los documentos requeridos para notificar o ¨servir¨ los papeles a su atacante lo más pronto posible.1 Si el atacante vive con usted puede pedir a la corte que envíe a un policía con usted para hacer la notificación de la orden temporal. Esto significa que, si la orden temporal requiere que el atacante se vaya de su casa, el agente de policía se encargará de asegurarse de que así sea.2 Comunique su preocupación y necesidad de compañía al ayudante de la corte, e incluya esa información en su formulario.  Para contactar al sheriff en su área, vea a nuestra página FL Comisarías de Sheriff.

Su agresor recibirá documentos oficiales notificándole la fecha en que debe presentarse en la corte para la audiencia para la orden final. El juez(a) no podrá otorgarle la orden final si el agresor no ha sido oficialmente notificado.  No importa si el agresor está presente en la audiencia o no; lo único que importa es que él recibió la notificación acerca de la audiencia.

Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

1 Fla. Stat. § 741.30(8)(a)(1)
2 Fla. Stat. § 741.30(8)(a)(2)

Paso 5: La audiencia

Cuando esté solicitando una orden de restricción, usted tiene que probar que su agresor ha cometido un acto de violencia doméstica (de la manera que los define la ley) en contra de usted y/o sus hijos o que usted y sus hijos se encuentran en peligro inminente de violencia doméstica.

Usted debe asistir a la audiencia en la corte. Si es absolutamente imposible que usted asista, debe inmediatamente notificar las causas al ayudante de la corte, y averiguar como puede pedir un aplazamiento para una fecha más tarde.

En la audiencia a usted se le pedirá que testifique acerca del abuso y agresión al cual usted ha sido sujeta. Al atacante se le dará el espacio para que presente evidencia y testifique también. Vea la sección sobre Durante la Audiencia para ver las diferentes maneras de probarle al juez que usted fue abusada. Puede aprender más información sobre el sistema judicial en nuestra página Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.

En el caso de que su agresor no se presente a la cita en la corte, el juez(a) podrá otorgarle una orden de restricción final en contra de su agresor, en su ausencia. Si la corte decide no otorgar la orden final una nueva fecha para otra audiencia será fijada. Si éste es el caso y el juez(a) no extiende la duración de su actual orden temporal, usted debe pedir al ayudante del juez(a) que por favor lo haga antes de salir de la sala de la corte.

1 Fla. Stat. § 741.30(6)(a)