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Información Legal: Florida

Divorcio

Actualizada: 
6 de octubre de 2023

¿Qué tipos de manutención ex cónyuge hay?

Florida tiene diferentes tipos de manutenciones: temporal, manutención de puente (“bridge-the-gap”), rehabilitativa y duracional.1 Para determinar la manutención ex cónyuge, el/la juez/a usará las siguientes pautas:

  • un “matrimonio a corto plazo” es un matrimonio que dura menos de diez años; 
  • un “matrimonio a mediano plazo” es un matrimonio que dura entre 10 y 20 años; y
  • un “matrimonio a largo plazo” es un matrimonio que dura más de 20 años.2  

La duración de un matrimonio se calcula desde la fecha del matrimonio hasta la fecha en que cualquiera de los esposos solicita el divorcio.2 

Manutención de Puente

Se puede otorgar la manutención de puente para ayudarle a hacer la transición de estar casado/a a estar soltero/a.  Este tipo de manutención es para ayudarle con necesidades específicas de corto plazo. La duración de la manutención no puede ser de más de dos años.  Ni la cantidad de la manutención ni la duración del tiempo que se paga puede ser modificada por el/la juez/a.3

Manutención Rehabilitativa
La manutención rehabilitativa es una que se otorga para ayudarle a obtener la capacidad de mantenerse a sí mismo/a al:

  • volver a desarrollar sus destrezas o credenciales; u
  • obtener la educación, la capacitación o la experiencia laboral que necesita para desarrollar las destrezas o credenciales de trabajo.4 

Sólo se otorga este tipo de manutención si hay un plan específico y definido de rehabilitación. La duración de la manutención no puede ser de más de cinco años. Se puede cambiar o terminar cuando haya un cambio significativo de las circunstancias, si no está siguiendo el plan rehabilitativo o si termina.4

Manutención Duracional
Se puede otorgar la manutención duracional para darle asistencia financiera por un período específico de tiempo, como sigue:

  • para un matrimonio a corto plazo, puede durar hasta un 50 por ciento del tiempo de duración del matrimonio; sin embargo, no puede ordenarse para un matrimonio que haya durado menos de tres años;
  • para un matrimonio a mediano plazo, puede durar hasta un 60 por ciento del tiempo de duración del matrimonio; y
  • para un matrimonio a largo plazo, puede durar hasta un 75 por ciento del tiempo de duración del matrimonio.5

Bajo circunstancias excepcionales, tales como si usted es el/la cuidador/a de un/a hijo/a mental o físicamente discapacitado/a, el/la juez/a puede extender el término de la manutención duracional más allá de los límites antes descritos. 

La manutención duracional puede cambiar si hay un cambio significativo de las circunstancias y termina automáticamente cuando usted o su esposo/a mueran o si usted se casa nuevamente.5 

1 Fla. Stat. § 61.08(1)(a)
2 Fla. Stat. § 61.08(5)
3 Fla. Stat. § 61.08(6)
4 Fla. Stat. § 61.08(7)
5 Fla. Stat. § 61.08(8)