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Preparándose para la Corte: Florida

Custodia

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Actualizada: 
6 de octubre de 2023

¿Cómo tomará el juez una decisión sobre la custodia (responsabilidad de paternidad)?

Para tomar una decisión acerca de la responsabilidad de paternidad, el juez tendrá como foco de consideración el mayor beneficio del niño. Hay algunos factores que el juez considerará para determinar el mayor beneficio del niño:

  • Si los padres han demostrado que pueden proporcionar o proporcionarán una rutina consistente que incluya disciplina, horas de dormir, comidas, etc.;
  • La salud mental y física de los padres;
  • El historial de hogares, escuelas y comunidades del niño;
  • La disposición y habilidad de cada padre para fomentar una relación cercana y continuada entre el niño y el otro padre, y para respetar el horario del tiempo compartido, para mostrarse razonable cuando cambios sean necesarios, y para comunicarse con y respaldar las decisiones del otro padre;
  • La manera en que las responsabilidades de los padres serán distribuidas después de que se cierre el caso, incluida la cantidad de responsabilidad que asumirá una persona fuera de un padre o ambos padres (i.e., una niñera);
  • La habilidad y disposición de cada padre para considerar y actuar ante las necesidades del niño (en lugar de las propias necesidades del padre) y para involucrarse en las amistades, profesores, actividades extracurriculares, doctores, etc, del niño;
  • La adecuación moral de los padres;
  • Si los padres tienen y mantendrán a los niños al margen del caso y si no hablan mal del otro padre;
  • El tiempo que el niño ha vivido en un ambiente estable y satisfactorio y el beneficio que ha supuesto en el niño el no cambiar esa situación;
  • La cantidad de viajes que el niño tendría que hacer con padres que viven lejos el uno del otro;
  • Pruebas de violencia doméstica, violencia sexual, abuso sexual, negligencia o abandono o pruebas de haber proporcionado información falsa a la corte acerca de estos asuntos;
  • Quién era el encargado principal del cuidado del niño;
  • La habilidad de ambos padres para cubrir las necesidades de desarrollo del niño;
  • La preferencia razonable del niño, si el juez cree que el niño es los suficientemente maduro/inteligente para formar una preferencia;
  • Si los padres han proporcionado o proporcionarán un hogar que esté libre de drogas; y
  • Cualquier otro factor que sea relevante.1

Usted necesita estar preparada para proporcionar toda la información que sea posible para ayudar a la corte a evaluar estos y otros factores relacionados con el bienestar y el beneficio del niño que la corte pueda tener en cuenta.  Esto incluye la recolección de datos sobre el padre del niño así como acerca de usted.

Para obtener más información acerca de cómo las pruebas de violencia doméstica pueden afectar quién obtiene la responsabilidad de paternidad y el tiempo compartido, vaya a ¿Puede un padre que ha cometido actos violentos obtener la custodia (responsabilidad de paternidad) o la visita (tiempo compartido)?

1 F.S.A. § 61.13(3)

¿Puedo obtener aporte económico para mi hijo en una orden de custodia (plan de paternidad)?

Una orden de custodia (plan de crianza) incluirá provisiones sobre la manutención de el/la niño/a.  Para otorgar manutención de el/la niño/a, la corte considerará los ingresos económicos de las partes y aplicará las Pautas de Manutención de el/la Niño/a. Los gastos de la guardería infantil y el seguro médico estarán incluidos en el cálculo. Si un/a niño/a tiene necesidades particulares, la corte puede considerar el aumento del pago según las necesidades de el/la niño/a. La manutención de menores puede continuar hasta la edad de 19 años si el/la menor aún está en la escuela secundaria y su ejecución es de buena fe con una expectative razonable de graduarse antes de llegar a la edad de 19 años.1 Las pautas no aplican si su hijo/a es considerado/a un/a “hijo/a adulto/a dependiente”, que se define como un/a adulto/a que no se ha casado y no tiene la capacidad de ser autosuficiente como resultado de una incapacidad física o mental que haya comenzado antes de llegar a la edad de 18 años. El/la juez/a se fijará en los factores que se explican en la sección 61.31 de los Estatutos Seleccionados: Florida.2

1 Fla. Stat. § 61.30
2 Fla. Stat. § 61.29(2); 61.1255(2)(a)

 

Si tengo la responsabilidad de paternidad exclusiva o compartida, ¿puede el otro padre ver el historial médico y escolar de mi hijo?

La ley establece que ambos padres tienen el derecho a tener acceso a historiales y otra información relacionada con su hijo/a, y esto incluye pero no se limita al historial médico, dental y escolar. Esto incluye el derecho a hablar a el/la médico o a el/la profesor/a de su hijo/a así como el derecho a ver los documentos de los historiales. La única manera de evitar que el/la otro/a padre/madre pueda acceder a esos historiales es si el/la juez/a niega específicamente ese derecho a ese padre/madre como parte de una orden judicial, como en un requerimiento judicial de protección contra violencia doméstica1 o como parte de un plan de crianza.

La mayoría de los historiales incluirán la dirección y el teléfono de casa de su hijo/a. Por lo tanto, si su hijo/a vive con usted y usted está intentando que su dirección sea confidencial para el/la agresor/a, o si hay cualquier otra razón por la que usted cree que el acceso a esos historiales le pondría a usted o su hijo/a en peligro, asegúrese de explicarle esto a el/la juez/a y pedirle que se elimine el derecho de el/la agresor/a a tener acceso al historial de el/la niño/a. Si el/la juez/a está de acuerdo con incluir esto en su orden, tal vez usted quiera dar una copia de la orden a los/las profesores y los/las médicos de el/la niño/a para que sepan que no tienen que dar historiales a el/la agresor/a. Si el/la juez/a no está de acuerdo con restringir el acceso de el/la agresor/a, tal vez usted quiera pedir a los/las médicos y profesores si usted puede usar un P.O. Box como dirección de correos en los documentos.

1 F.S.A. § 61.13(2)(c)(7)