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Información Legal: Federal

Violencia Doméstica en el Sistema Militar

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Actualizada: 
9 de octubre de 2019

Si dejo a mi esposo/pareja por maltrato doméstico, ¿recibiré alguna compensación financiera de parte de las fuerzas armadas?

Si usted ya no vive con su esposo/a maltratante, usted y su hijo/a podrían ser elegibles para el Programa de Compensación Transitoria (TC, por sus siglas en inglés). El TC brinda privilegios financieros, médicos, dentales, de comisaría (comestibles) e intercambio (otros bienes/productos) a los/as dependientes elegibles de los/las miembros del servicio militar cuando el/la miembro ha sido separado del ejército debido a maltrato doméstico o un delito de maltrato de menores.

Nota: Las parejas íntimas que no estén casadas no se consideran dependientes de los/las miembros del servicio y, por lo tanto, no son elegibles para una compensación de transición por su cuenta. Sin embargo, los/las hijos/as de padres y madres que no están casados/as, podrían ser elegibles para el programa TC si son víctimas de maltrato o negligencia de menores por parte de un padre o una madre que sea miembro del servicio militar. Si un/a menor es elegible, entonces los pagos de TC podrían hacerse a nombre de el padre o la madre no maltratante.

Usted podría ser elegible para una compensación de transición si:

  1. el/la miembro del servicio militar ha cumplido al menos 30 días en servicio activo;
  2. usted ya no vive con su esposo/a;
  3. usted estuvo casado/a con o es hijo/a de un/a miembro del servicio militar;
  4. usted vivía con su esposo/a cuando ocurrió el maltrato; y
  5. una de las siguientes es cierta:
  • el/la miembro del servicio militar ha sido separado/a administrativamente del servicio activo debido al maltrato de un/a miembro de la familia; o
  • un tribunal marcial condenó a el/la miembro del servicio militar por un delito de maltrato y:
    • se le separó del servicio activo después de la condena; o
    • se le sentenció a la confiscación de todo sueldo y pensiones.1

Los pagos se realizan una vez al mes por hasta 36 meses y comenzarán en la fecha cuando:

  • comience la separación administrativa;
  • se emite la sentencia del tribunal marcial; o
  • se aprueba el acuerdo judicial previo al juicio marcial.1

Usted dejará de ser elegible para recibir beneficios de compensación de transición si:

  • se casa de nuevo;
  • vuelve a vivir con el/la miembro del servicio militar;
  • la condena de el/la agresor/a se reduce a un castigo menor; o
  • se revoca (cancela) la separación administrativa.1

Si el/la comandante está considerando separar a su esposo/a del ejército, usted podría consultar con su intercesor/a de víctimas del FAP para asegurarse de que el/la comandante prepare la documentación adecuada para que usted reciba los beneficios de TC. El FAP también puede ayudarle a averiguar cuál será la cantidad de la compensación mensual para usted y su familia.

Nota: Incluso si usted no fuera elegible para el Programa de Compensación Transitoria, las reglamentaciones del servicio militar requieren que los/las miembros del servicio le den a sus familiares “apoyo adecuado”, que incluye manutención de menores.1 Puede comunicarse con la oficina legal de la instalación militar para obtener más información.

1 Vea la Directriz del Departamento de Defensa 1342.24, Compensación Transitoria para Dependientes Maltratados

Si estoy destacado en el extranjero, ¿dónde puedo obtener ayuda por maltrato doméstico?

Las víctimas de violencia doméstica podrían volverse más vulnerables cuando están destacadas en el extranjero, ya que es probable que haya menos servicios disponibles tanto dentro como fuera de la instalación. El Programa de Defensa Familiar (FAP) proporciona servicios fuera de los Estados Unidos, y hay un/a intercesor/a de víctimas disponible en cada instalación militar donde hayan familias. Puede encontrar información sobre el FAP buscando la instalación en la que se encuentra en el sitio web Military One Source. Además, la Línea Informativa Nacional de Violencia Doméstica brinda servicios de chat en línea las 24 horas, los 7 días de la semana, y puede ser un recurso de apoyo emocional inmediato y planificación de seguridad. También puede encontrar organizaciones que ayudan a las víctimas en el extranjero en nuestra página Organizaciones Nacionales – Internacional.

Aún si su esposo/a o pareja es una persona civil —que incluye empleados/as del gobierno, contratistas civiles o miembros de la familia de un/a miembro del servicio militar—, el servicio militar puede tomar medidas contra él/ella si comete un delito de violencia doméstica. Su esposo/a o pareja civil maltratante puede ser procesado/a de las siguientes maneras:

  • en una corte en la nación donde está destacado/a;
  • en una corte federal en los Estados Unidos, si la nación donde está destacado/a decide no procesarle; o
  • a través del Código Uniforme de Justicia Militar si la persona que le está haciendo daño a usted es miembro del servicio militar.

Nota: Si usted es una persona civil y su esposo/a es un/a miembro del servicio militar que está siendo reubicado/a en el extranjero, el ejército no le exige a usted que se mude al extranjero con él/ella. De hecho, a las familias con antecedentes de maltrato doméstico se les podría descartar para reubicación en el extranjero debido a mayor vulnerabilidad y reducción del acceso a los servicios. Si usted ya se ha reubicado en el extranjero, pero es víctima de maltrato y siente que su seguridad está en riesgo, usted puede solicitar ser reubicado/a a los Estados Unidos a través de la opción de “regreso temprano de dependientes”. Si se regresa temprano, el ejército podría permitirle transportar artículos del hogar y un vehículo que esté a su nombre o a nombre de el/la miembro del servicio militar.

¿Dónde puedo encontrar más recursos?

Tenemos una lista de muchos recursos específicos para militares y veteranos/as en nuestra página Organizaciones Nacionales - Servicio Militar. Por ejemplo, hay un enlace a la Línea Segura de Ayuda del Departamento de Defensa (877-995-5247), que ofrece un servicio de apoyo en crisis a los/las miembros de la comunidad del DoD (militares) afectados/as por la agresión sexual. Brinda asesoramiento, asistencia e información en vivo e individualizada a la comunidad mundial del DoD por teléfono o mediante una función de chat en vivo. El servicio es anónimo, seguro y disponible las 24 horas, los 7 días de la semana, brindando a las víctimas la ayuda que necesitan en cualquier momento y en cualquier lugar.