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Información Legal: Federal
Violencia Doméstica en el Sistema Militar
Actualizada:
9 de octubre de 2019¿Quién califica para una orden de protección militar (MPO)?
Usted puede solicitar una MPO contra un/a miembro del servicio militar activo/a que usted entienda que le ha hecho daño a usted o a sus hijos/as y que sea:
- su esposo/a o exesposo/a;
- su pareja íntima actual o anterior si viven o vivieron juntos; o
- alguien con quien usted tiene hijos/as en común.
Si el/la comandante está de acuerdo, se dará una MPO.1
1 Vea Directriz del Departamento de Defensa, Número 6400.06, con el cambio 4 incorporado, 26 de mayo, 2017
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