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Información Legal: Federal

Violencia Doméstica en el Sistema Militar

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Actualizada: 
9 de octubre de 2019

¿Cómo será el proceso de obtener una MPO? ¿Tendré que estar en la misma sala en la que esté el agresor?

A diferencia del tribunal civil, no hay juicio ni audiencia cuando se obtiene una orden de protección militar (MPO). Por lo tanto, usted no tendrá que comparecer frente a un/a juez/a, testificar frente a el/la agresor/a, ni estar en la misma sala que él/ella.

El/la comandante es quien decide si dar una MPO o no. El/la comandante puede reunirse o no reunirse con usted antes de dar la MPO. Muchas veces, el/la intercesor/a de víctimas o el/la médico del Programa de Defensa Familiar (FAP) pueden llamar a el/la comandante en su nombre para solicitar la MPO. Si usted entiende que es importante hablar directamente con el/la comandante, usted puede comunicarse con su oficina para solicitar una cita. La cita puede llevarse a cabo en la oficina de el/la comandante, en la oficina del FAP o en otro lugar donde usted pueda sentirse seguro/a para hablar libremente con el/la comandante. Si el/la comandante cree razonablemente que una MPO es necesaria para su seguridad, dará una.