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Información Legal: Federal

Violencia Doméstica en el Sistema Militar

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Actualizada: 
9 de octubre de 2019

¿Qué puedo hacer si no me dan una MPO?

Por lo general, los/las comandantes darán una orden de protección militar (MPO) si el Programa de Defensa Familiar (FAP) lo recomienda como parte de su evaluación de seguridad y riesgo. Sin embargo, si no se le otorga una MPO, usted aún podría ser elegible para una orden de protección civil dada por la corte civil en el estado donde vive.

A diferencia de los procedimientos de orden de protección civil, en el ejército no existe un proceso de apelación si se le deniega una MPO o si no está de acuerdo con la decisión de el/la oficial al mando. Si se le niega la MPO, usted puede solicitar ayuda de varias maneras, y puede continuar informándole a el/la comandante sobre nuevos maltratos, pero no puede “apelar” la decisión.

Visite nuestra página Órdenes de Restricción para averiguar si usted es elegible para una orden de protección civil.