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Actualizada: 
15 de agosto de 2022

¿Puedo solicitar estatus de visa U si estoy en la corte de inmigración para procedimientos de deportación (remoción)?

Usted puede solicitar una visa U aún si ya tiene un caso en la corte de inmigración, o tiene uno próximamente porque el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) le ha detenido.1 Sin embargo, los/as jueces/zas de inmigración no tienen el poder de darle una visa U. Lo único que pueden decidir hacer es “continuar” su caso hasta que el USCIS decida si aprobar o no su solicitud de visa U. Si ya usted está en la corte de inmigración, es más importante que nunca que presente un buen caso, completo con todos los formularios y documentación que cumplan con todos los requisitos. Esto es difícil de hacer sin la ayuda de un/a abogado/a con experiencia en casos de visa U.

Para evitar ser deportado/a, necesitara un/a abogado/a que tenga experiencia en la corte de inmigración, no solo experiencia con visas U. Es posible que su abogado/a quiera contactar a ASISTA, una organización nacional sin fines de lucro, para conseguir las estrategias y argumentos más recientes para solicitantes de visa U en las cortes de inmigración y federales. ASISTA también puede hablar con su abogado/a sobre la opción de presentar un caso en la corte federal para detener su deportación.

Puede encontrar otras organizaciones nacionales en nuestra página de Organizaciones Nacionales - Inmigración.

1 8 CFR § 214.14(c)(1)(i), (c)(1)(ii)