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Actualizada: 
15 de agosto de 2022

Si no incluí a mis familiares en mi solicitud de visa U, ¿puedo incluirlos cuando solicite la residencia legal permanente?

Aunque generalmente es mejor solicitar visas U para sus familiares a la misma vez que hace su propia petición, si usted no lo hizo, es posible que pueda incluirles cuando solicite la residencia legal permanente, sin importar que estén dentro o fuera de los EE.UU.1 En otras palabras, cuando usted solicita su tarjeta verde, puede presentar un formulario que eventualmente le permitiría a sus familiares solicitar sus propias tarjetas verdes también.

El proceso para que sus familiares obtengan sus tarjetas verdes a través de este proceso es muy diferente que si usted los incluye en el momento que presente su propia petición para estatus de visa U de las siguientes maneras:

Formularios

  • Cuando usted incluye a sus familiares como derivativos/as al momento de presentar su propia petición de visa U, usted presenta el Formulario I-918 Suplemento A para cada familiar, junto con cualquier otro formulario que necesiten, como el Formulario I-192 (perdón de inadmisibilidad) y el Formulario I-765 (solicitud para autorización de empleo).
  • Sin embargo, si está incluyendo a sus familiares cuando solicita la residencia permanente, presenta el Formulario I-929 para cada familiar. Ellos/as no necesitaran presentar más formularios hasta que el Formulario I-929 sea aprobado.

Tiempo y Procesamiento

  • Usted solo puede presentar el Formulario I-929 a la misma vez o después que haya solicitado la residencia permanente. Además, puede presentar el Formulario I-929 después que el USCIS haya aprobado su solicitud para la residencia permanente.
  • El USCIS no aprobará el Formulario I-929 hasta que usted se haya convertido en residente permanente.
  • Una vez que el Formulario I-929 sea aprobado, sus familiares pueden presentar inmediatamente sus propias solicitudes para hacerse residentes permanentes. Si ellos/as están fuera de los EE.UU. cuando el Formulario I-929 es aprobado, deberán pedir permiso del consulado de los EE.UU. para entrar a los Estados Unidos como residentes legales permanentes.

En un Formulario I-929, usted debe demostrar lo siguiente:

  • Relación elegible. Primero, usted solo puede presentar el Formulario I-929 para su esposo/a y para sus hijos/as solteros/as menores de 21. Si usted es menor de 21, también puede solicitar por sus padres. A diferencia de cuando presenta una solicitud de visa U, usted no puede incluir a sus hermanos/as, aunque usted sea menor de 21 y ellos/as sean solteros/as y sean menores de 18. Segundo, sus hijos/as deben seguir siendo menores de 21 y solteros/as hasta que el USCIS haya aprobado sus solicitudes para la residencia legal permanente, a diferencia de cuando es para una visa U que deben ser menores de 21 y solteros/as solamente al momento de hacer la solicitud. Si sus hijos/as están fuera de los EE.UU. cuando usted solicita sus tarjetas verdes, ellos/as deben entrar a los EE.UU. con su visa antes de cumplir 21. Desafortunadamente, no hay forma de saber cuánto tiempo el USCIS tardará en evaluar las solicitudes, y el proceso puede tardar años.
  • Dificultad Extrema. Usted también debe demostrar que usted o su familiar sufrirá “dificultad extrema” si a su familiar no se le permite entrar o quedarse en los Estados Unidos.1 El USCIS contempla muchas cosas para decidir si usted ha demostrado “dificultad extrema”, como:
    • el tipo y grado del maltrato físico o mental sufrido como resultado de ser una víctima del crimen;
    • el efecto que tiene en usted o en su familiar el perder acceso a las cortes o el sistema de justicia criminal de los EE.UU.;
    • la probabilidad de que la familia y/o amistades de el/la agresor/a, u otras personas actuando en nombre de el/la agresor/a, en el país de origen, le puedan hacer daño a usted o a sus hijos/as;
    • la necesidad de servicios sociales, médicos, de salud mental u otros servicios de apoyo para víctimas del crimen que no están disponibles o accesibles en el país de origen;
    • en los casos de violencia doméstica, el que hayan leyes y prácticas sociales en el país de origen que le castiguen a usted o a sus hijos/as porque hayan sido víctimas de violencia doméstica o hayan tomado medidas para irse de un hogar de maltrato;
    • la habilidad de el/la agresor/a para viajar al país de origen y la habilidad y disposición de las autoridades del país de origen para protegerle a usted o a sus hijos/as; y,
    • su edad al momento de entrar a los EE.UU. y al momento de solicitar la residencia legal permanente. Por ejemplo, si usted es un/a menor y está solicitando a su padre/madre, es posible que pueda demostrar que usted sufriría dificultad extrema si a su padre/madre no le permiten quedarse en los EE.UU. con usted a su corta edad.2

Si hay otras razones por las cuales usted o sus familiares sufrirían dificultad extrema, cada uno/a de ustedes puede describirlas en sus declaraciones personales y/o proveer otra documentación. Como siempre, las declaraciones personales suyas y de sus familiares serán cruciales para acumular su evidencia de dificultad extrema.

1 INA § 245(m)(3)
2 8 CFR § 245.24(h)(1)(iv)