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Actualizada: 
18 de septiembre de 2019

¿Qué debo probar para ser elegible para el estatus de visa T?

Para obtener una visa T, todo lo siguiente tiene que ser cierto:

  1. Usted es víctima de una de las dos “formas graves de la trata de personas,” trabajo sexual o trabajo forzado.
  2. Usted intentó ser útil para los/as oficiales de las agencias que hacen cumplir la ley que estaban investigando o procesando crímenes de la trata de personas, como el FBI, la policía local o estatal, los/as fiscales de distrito y las Investigaciones del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) del Departamento de Seguridad Nacional. Sin embargo, las víctimas de la trata que son menores de 18 años o están demasiado traumatizados/as para cooperar con las agencias que hacen cumplir la ley pueden ser excusadas/os de demostrar que ayudaron en una investigación.
  3. Usted está en los Estados Unidos, un territorio de los EE.UU., Samoa Americana o en un puerto de entrada a los Estados Unidos, a un territorio de los EE.UU., o Samoa Americana a causa de la trata de personas.
  4. Usted sufriría “dificultades extremas que involucran daños graves e inusuales” si fuese removido/a (deportado/a) o forzado/a a irse.1

Nota: Los requisitos mencionados arriba se definen y se explican con más detalle en la próxima sección, Probando su caso: Requisitos de la visa T.

1 INA § 101(a)(15)(T)(i); 8 U.S.C. § 1101(a)(15)(T)(i); 8 C.F.R. § 214.11(b)

Creo que soy elegible para una visa T. ¿Es seguro que conseguiré una si la solicito?

El Congreso limitó la cantidad de visas T que USCIS tiene permitido dar cada año a 5,000,1 pero casi nunca se llega a ese límite. La mayoría de las visas T son denegadas porque el/la solicitante víctima de la trata:

  • no dio suficiente información;
  • no pudo probar uno de los requisitos para conseguir una visa T; o
  • no presentó los formularios correctos.

Trabajar con un/a abogado/a que tenga experiencia en casos de la trata de personas le ayudará a evitar estos problemas, pero incluso así la USCIS puede denegarle su caso.

Para más información sobre cómo solicitar una visa-T, vea ¿Cómo solicito una visa T?

1 8 C.F.R. § 214.11(j)

Si he sido víctima de la trata de personas, ¿debo solicitar VAWA o visa T?

Si usted fue obligado/a a hacer trabajo sexual o trabajo forzoso en los EE.UU., usted puede calificar para una visa T, que ayuda a las víctimas de la trata de personas, y para una auto-petición de VAWA si usted estaba casado/a con la persona que le traficaba o si ésta era su padre/madre que es un/a ciudadano/a o residente legal permanente de los EE.UU., o si el/la traficante era su hijo/a adulto/a ciudadano/a de los EE.UU. Usted no tiene que ser parte de una red grande de trabajo sexual o trabajo forzoso para ser una víctima de la trata de personas.

Aquí tiene algunas razones por las cuales usted quizás quiera solicitar una auto-petición de VAWA en vez de una visa T:

  • El USCIS tarda como dos años en decidir una auto-petición de VAWA, pero puede tardar de dos a cuatro años para decidir una visa T.
  • A menos que usted obtenga “presencia continua,” no puede obtener un permiso de trabajo a través de la visa T hasta que su solicitud sea aprobada. Si usted presenta una solicitud para la residencia legal permanente con su auto-petición de VAWA, puede obtener un permiso de trabajo mientras la auto-petición este pendiente.
  • Las visas T requieren que usted acepte cualquier solicitud razonable de asistencia de la policía en la investigación o juicio del crimen a menos que usted fuera menor de 18 cuando fue traficado/a o está demasiado traumatizado/a para ayudar a la policía. La VAWA no requiere eso.
  • Para calificar para una visa T, usted debe ser víctima de la trata. Para la VAWA, usted debe probar “agresión física o crueldad extrema”, que es un término más amplio que incluye muchos otros tipos de maltrato.
  • A menos que usted reciba una carta del Departamento de Justicia para demostrar que la investigación de su trata está cerrada o usted era menor de 18 cuando fue traficado/a, usted debe esperar tres años después que su visa T sea aprobada para solicitar la residencia legal permanente. Los/as auto-peticionarios/as de VAWA pueden ser elegibles para la residencia legal permanente inmediatamente que su auto-petición sea aprobada.

Y aquí tiene algunas razones por las cuales usted quizás quiera solicitar una visa T en vez de una auto-petición de VAWA:

  • Si usted fue maltratado/a por su hijo/a ciudadano/a de los EE.UU., usted no puede incluir derivativos/as en su auto-petición de VAWA. Si usted fue maltratado/a por su esposo/a o padre/madre, solo puede incluir a sus hijos/as solteros/as menores de 21 en su auto-petición de VAWA. La visa T le permite incluir más familiares como derivativos/as.
  • Las víctimas de la trata con visas T aprobadas son elegibles para los mismos beneficios públicos que las personas refugiadas. Estos beneficios típicamente son más generosos que los que pueden recibir los/as auto-peticionarios/as de VAWA. Además, el gobierno federal tiene un programa especial de asistencia para las víctimas de la trata llamado Programa de Asistencia para Víctimas de Trata (TVAP por sus siglas en inglés), que puede darle apoyo financiero y del manejo del caso para víctimas de la trata aun antes que usted presente la solicitud para una visa T.
  • Dependiendo de las bases de inadmisibilidad que apliquen en su caso, puede ser más fácil conseguir un perdón con una visa T que con una auto-petición de VAWA. Casi todas las bases de inadmisibilidad pueden ser perdonadas con una visa T, pero los perdones de inadmisibilidad de VAWA son menos generosos.

Antes de presentar cualquier documento en el USCIS, es posible que quiera discutir sus opciones con un/a abogado/a de inmigración con experiencia en VAWA y visas T para determinar cuál sería la mejor opción en su caso. Para encontrar ayuda, por favor vaya a la página de Organizaciones Nacionales - Inmigración o a nuestra página Encontrando a un Abogado. Si su abogado/a necesita asistencia, él/ella puede llamar a ASISTA para ayuda.