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Información Legal: Distrito de Columbia

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
5 de abril de 2024

Si el acechador vive en otro estado, ¿aún puedo conseguir una orden contra el acecho?

Si el/la acechador/a no vive en D.C., es posible que el/la juez/a aún pueda dar una orden contra el acecho en contra de el/la acechador/a si una de las siguientes es cierta:

  • por lo menos uno de los actos de acecho ocurrió en D.C.;
  • por lo menos uno de los actos de acecho tuvo un efecto en usted mientras estaba en D.C.;1
  • la comunicación de el/la acechador/a se hizo o se recibió en D.C.; o,
  • usted vive en D.C. y puede tener acceso a las comunicaciones electrónicas de el/la acechador/a mientras está en D.C., tales como a través de las redes sociales o el correo electrónico (email).2

Sin embargo, aún si ninguna de las cosas mencionadas arriba le aplica a su situación, eso no necesariamente significa que usted no pueda conseguir una orden. Si usted hace la solicitud, es posible que el/la acechador/a esté de acuerdo con la orden o que el/la juez/a pueda encontrar otras circunstancias que le permitan dar la orden.

Puede leer más sobre jurisdicción personal en nuestra sección de Asuntos Básicos del Sistema Judicial - Jurisdicción Personal.

Nota: Si el/la juez/a en su estado se niega a darle una orden, usted puede solicitar una orden en la corte del estado donde vive el/la acechador/a. Sin embargo, recuerde que es posible que deba presentar la petición en persona y asistir a la corte en varias fechas, lo cual podría ser difícil si el estado de el/la acechador/a es lejos.

1 D.C. Code § 21-3135(a)
2 D.C. Code § 21-3135(b)