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Información Legal: Distrito de Columbia

Leyes Estatales de Armas de Fuego

Actualizada: 
30 de octubre de 2023

Tengo una orden de protección temporal en contra del agresor. ¿Se le puede quitar el arma?

Las leyes de Washington, D.C. no prohíben que un/a agresor/a que tiene una orden de protección temporal en contra de él/ella posea un arma de fuego. Pero, es posible que usted pueda pedir en su petición para una orden de protección temporal que el/la juez/a prohíba que el/la agresor/a posea un arma de fuego mientras la orden esté en vigor porque hay una sección donde el/la solicitante puede pedir protecciones adicionales. Puede que sea útil hacer una lista de las armas de fuego que usted sabe que el/la agresor/a tiene (o el posible acceso a las armas de fuego) y pedir específicamente en su petición que prohíba que el/la agresor/a posea armas de fuego mientras la orden temporal esté en vigor.