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Información Legal: Connecticut

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
3 de enero de 2024

Paso 3: Notificación de la demanda

Para asegurarse que el/la agresor/a esté consciente de la orden de restricción temporal (ex parte), si la corte emitió una, y de la fecha de la audiencia, usted tendrá que llevar todos los documentos que tienen que ser dados a el/la agresor/a a un/a alguacil (“marshal”) estatal o cualquier “oficial apropiado/a” para que se los lleve a el/la agresor/a. (El/la secretario/a o alguien en el Centro de Notificación de la Corte puede explicarle quién es un/a “oficial apropiado/a” o el/la secretario/a de la corte puede darle una lista de los/las oficiales apropiados/as que pueden notificar los documentos o puede buscar en línea en el sitio web de la Rama Judicial del Estado de Connecticut.) Puede escoger a un/a alguacil (“marshal”) estatal de la ciudad en que el/la agresor/a vive o trabaja y llamarlo/a para coordinar la notificación. En algunos tribunales, hay un/a alguacil (“marshal”) estatal en el tribunal durante ciertas horas del día para ayudar con las notificaciones.1 Si quiere llamar a su tribunal local para saber cuándo el/la alguacil (“marshal”) estatal estará allí, vea nuestra página de CT Tribunales para una lista de la información de contacto para los tribunales.

El/la agresor/a tiene que recibir los papeles por lo menos 3 días antes de la fecha de la audiencia. Si incluye en su solicitud que el/la demandado/a tiene permiso o certificado de elegibilidad para portar una pistola o un revólver, una escopeta, balas o que posee un arma de fuego o balas, el/la agente apropiado/a que es responsable de darle los papeles a el/la demandado/a debe hacer todo lo siguiente:

  • avisarle a la policía en la ciudad donde vive el/la agresor/a de cuándo y dónde hará la notificación;
  • enviarle a la policía en la ciudad donde vive el/la agresor/a una copia de su solicitud, afidavit, orden ex-parte y la notificación de la audiencia;
  • pedirle a la policía de la ciudad donde vive el/la agresor/a que un/a agente esté presente cuando se le notifique a el/la agresor/a.2

Recuerde que es posible que sea necesario intentar hacer la notificación varias veces. Si no sabe dónde vive el/la agresor/a o no puede dar suficiente información para que puedan encontrar a el/la agresor/a, es posible que el/la alguacil (“marshal”) estatal no pueda encontrarlo/la para darle los papeles. Por eso, es importante llevarle toda la información identificable que tenga sobre el/la agresor/a a el/la alguacil (“marshal”) estatal.1

Después de que el/la alguacil (“marshal”) estatal notifique a el/la agresor/a, debe devolverle a usted los papeles originales con una “devolución de servicio,” que le dice a la corte cuándo el/la oficial le notificó los documentos a el/la agresor/a. Según el sitio web de la Rama Judicial de Connecticut, “se recomienda” que le devuelva estos documentos a el/la secretario/a de la corte por lo menos dos días hábiles antes de la fecha de la audiencia.1

Nota: Si usted (o su hijo/a quien está ​protegido/a por la orden) está matriculado/a en una escuela primaria o secundaria privada o pública, escuela técnica, o una universidad, puede pedirle a el/la secretario/a que envíe una copia de la orden a la escuela o universidad y a cualquier policía especial de su escuela o universidad, si hay. Necesita darle a el/la secretario/a de la corte el nombre y dirección de la escuela o universidad.2

Usted puede encontrar más información sobre la notificación del proceso en nuestra página ¿Qué es una notificación y cómo la llevo a cabo?

1 Vea el folleto (“brochure”) de la Rama Judicial del Estado de Connecticut
2 C.G.S. § 46b-15(h)