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Preparándose para la Corte: Connecticut

Custodia

Actualizada: 
3 de enero de 2024

Si una orden de custodia ha sido establecida, ¿cómo la puedo cambiar?

Debido a que la custodia está decidida en el mejor interés de el/la menor, una orden usualmente no es permanente. Si tiene una orden de custodia establecida, puede pedirle a la corte que la cambie o la modifique.  Generalmente, solo puede solicitar que se modifique la orden si hay un cambio en circunstancias. 

​Para cambiar una orden de custodia usualmente tendrá que acudir a la corte que emitió la orden, aun si usted se ha mudado.  Generalmente, una vez hay una corte con jurisdicción, esa corte mantendrá esa jurisdicción aun si usted se muda de estado.  Si se ha mudado, puede pedirle a la corte que cambie la jurisdicción al nuevo estado en el que está.  A menudo esto es complicado y, al igual que con todos los asuntos de custodia, recomendamos que hable con un/a abogado/a sobre esto.  Para encontrar a un/a abogado/a o un programa de asistencia legal en su área, por favor visite la página CT Encontrando a un Abogado.​

¿Puedo cambiar el estado donde se está llevando a cabo mi caso?

​Para obtener información acerca de transferir un caso de custodia a otro estado/cambiar una orden de custodia permanente a un estado diferente, consulte nuestra página Cómo cambiar una orden de custodia permanente . 

Con frecuencia esto es complicado y como con todos los asuntos de custodia, recomendamos que hable con un/a abogado/a sobre el tema.  Para encontrar un/a abogado/a o programa de ayuda legal en su zona, por favor, visite la página CT Encontrando a un Abogado.

Si el otro padre saca a los menores del estado sin mi permiso, ¿qué puedo hacer?

La respuesta a esta pregunta es muy complicada y puede depender de muchos factores diferentes.  Si el/la otro/a padre/madre saca a los/las menores del estado o a algún lugar dentro del estado que viola sus derechos de custodia o de visitas de acuerdo con una orden judicial, usted puede presentar una petición por desacato al tribunal.  Si no existe ninguna orden de custodia, algunos factores que pueden considerarse incluyen si los padres están casados (y se considera que tienen igualdad de derechos parentales) o, en el caso de los padres que no estén casados, si la paternidad del padre ha sido legalmente establecida.  Además, podría haber una gran diferencia si el/la otro/a padre/madre está planeando una breve visita fuera del estado, una ausencia larga o si está planeando mudarse fuera del estado por un largo tiempo.  Usted puede encontrar las leyes penales de interferencia en la custodia de Connecticut en nuestra página Estatutos Seleccionados: Connecticut en el 2do grado y en el 1er grado.  Sin embargo, como estas leyes pueden ser difíciles de interpretar le recomendamos especialmente hablar con un/a abogado/a que se especialice en asuntos de custodia para averiguar si las acciones de el/la otro/a padre/madre son legales o no.  Vea nuestra página CT Encontrando a un Abogado para más información sobre recursos en su estado.

Si me mudo a otro estado, ¿puedo transferir mi caso de custodia allá?

Es posible que en algún momento se mude con sus hijos/as del estado donde se dio la orden final de custodia. Para información sobre cómo solicitar que se transfiera el caso de custodia a un nuevo estado, por favor vaya a Transferir un caso de custodia a un estado diferente, en nuestra página general de Custodia. Sin embargo, es importante tener en cuenta que es probable que necesite obtener permiso de la corte o de el/la otro/a padre/madre para mudarse de estado. Por favor hable con un/a abogado/a para asegurarse que sus planes de mudanza no violen su orden de custodia o las leyes de secuestro parental de su estado.