Tengo miedo de que mi empleador me acose o le diga a mis compañeros de trabajo acerca de mi situación. ¿Es esto legal?
Su empleador/a no puede despedirle, amenazar con despedirle, acosarle, ponerle en una posición de menor clasificación, suspenderle, o castigarle de cualquier manera por pedir tiempo libre, ausentarse, o pedir acomodo razonable.1
Además, la ley requiere que su empleador/a mantenga confidencial su situación. Por ejemplo, su empleador/a no puede decirle a sus compañeros/as de trabajo, sus clientes/as, o a otros/as empleados/as que usted se ausentó para lidiar con un crimen o maltrato. Su empleador/a tampoco puede hablar o escribir (divulgar) la razón de su ausencia. El/la empleador/a también debe mantener privado cualquier documento que usted le dé relacionado a su situación.2
1 Cal.Labor Code §§ 230(c), (e); 230.1(a), (c)
2 Cal.Labor Code §§ 230(d)(3); 230.1(b)(3)
Después de tomar tiempo libre bajo esta ley, yo fui una de muchas personas despedidas por mi empleador. ¿Es eso legal?
La ley dice que su empleador/a no puede despedirle o castigarle porque usted se haya ausentado al trabajo para atender sus asuntos relacionados a un crimen o maltrato.1 Sin embargo, su empleador/a sí puede despedirle o castigarle por otras razones válidas, como recortes de presupuesto, no hacer bien su trabajo o por razones que no tengan nada que ver con su situación relacionada al crimen o maltrato.
Nota: A veces, un/a empleador/a dará una razón falsa para despedir a alguien, para esconder la razón verdadera. Si usted tiene hechos o evidencia de que (1) su empleador/a no está siendo honesto/a sobre la razón por la cual le despidió, y (2) que la razón real por la cual le despidieron fue porque usted se ausentó por asuntos relacionados a un crimen o maltrato, entonces es posible que usted quiera contactar a un/a abogado/a que se especialice en discriminación laboral o presentar una queja en el sitio web de la División de Derechos Civiles.
1 Cal.Labor Code §§ 230(c); 230.1(a)