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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Qué protecciones puedo conseguir en una orden de restricción para prevenir el abuso de ancianos o de adultos dependientes?

Una orden temporal ex parte o una orden otorgada después de una audiencia puede hacer cualquier de lo siguiente:

  1. prohibir que el/la agresor/a le acose, intimide, agreda sexualmente, ataque, golpee, aceche, amenace, abuse o le llame a usted por teléfono (incluyendo, pero no limitado a, las llamadas acosadoras);
  2. prohibir que el/la agresor/a destruya su propiedad personal o que le moleste;
  3. prohibir que el/la agresor/a le contacte directamente o indirectamente, por correo o por otro método;
  4. ordenar que el/la agresor/a se quede a cierta distancia específica de usted; y
  5. ordenar que el/la agresor/a se mude de la casa que comparte con usted si se cumplen ciertas condiciones.1

Además, en una orden que se da después de una audiencia, el/la juez/a puede ordenarle a el/la agresor/a que participe en cursos obligatorios de consejería clínica o manejo del coraje que sean dados por un/a consejero/a, psicólogo/a, psiquiatra, terapeuta, trabajador/a social clínico u otro/a profesional licenciado/a de salud mental o del comportamiento.2

Nota: Las protecciones de la 1 a la 4 también pueden proteger a la familia de la víctima o a miembros del hogar o a el/la conservador/a, al demostrar que hay “justa causa” para incluirles.3

1 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(b)(3),(d)
2 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(z)(1)
3 ​Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(b)(3)(A)

¿Cuáles son los pasos para obtener una orden de restricción para prevenir el abuso de ancianos o de adultos dependientes?

Los pasos para obtener una orden de restricción para prevenir el abuso de ancianos/as o de adultos/as dependientes son similares a los pasos para obtener una orden de restricción en contra de la violencia doméstica.  Si tiene preguntas, llame a el/la secretario/a de la corte.  Puede encontrar la información de contacto de su secretario/a en la página de CA Tribunales.

Puede encontrar los formularios relacionados a las órdenes de restricción para prevenir el abuso de ancianos/as o el abuso de adultos/as dependientes en el sitio web del tribunal.

¿Cuánto cuesta?

No cuesta nada presentar una petición para una orden de restricción para prevenir el abuso de ancianos/as o el abuso de adultos/as dependientes ni para modificar, re-emitir o hacer cumplir la orden más tarde. Tampoco es necesario pagar para que la policía notifique una orden emitida en su caso.1

1 Cal Wel. & Inst. Code § 15657.03(q), (r)