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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Cuál es la definición legal de la violencia doméstica en California?

En esta sección definimos la violencia doméstica para efectos de obtener una orden de restricción por violencia doméstica.

Es violencia doméstica cuando su esposo/a o su ex-esposo/a, su novio/a o ex-novio/a, alguien con quien usted tenga un/a hijo/a, alguien con quien usted viva o haya vivido, o alguien con quien tenga algún tipo de relación sanguínea o matrimonial,1 cometa alguna de las siguientes:

  • le cause o intente causarle daño físico;
  • abuse de usted sexualmente;
  • le haga temer que usted o alguna persona se encuentra en peligro de un daño físico inmediato de gravedad;
  • le acose, ataque, golpee, o maltrate;
  • le aceche;
  • le amenace o acose, ya sea de forma personal o por teléfono, correo electrónico, u otras maneras;
  • destruya su propiedad personal; o
  • “perturbe su paz”, que se refiere a una conducta que destruya su calma mental o emocional, incluyendo control coercitivo.2 Nota: Control mediante coerción (coercitivo) es un patrón de conducta que interfiere con su libertad personal y su libertad de elegir. Algunos ejemplos de control coercitivo incluyen:
    • aislarle de sus amistades, familia y otras formas de apoyo;
    • privarle de sus necesidades básicas;
    • controlar, regular o monitorear su movimiento, comunicaciones, actividades diarias y finanzas;
    • hacerle que haga algo que tiene el derecho de no hacer o hacerle que no haga algo que tiene el derecho de hacer, mediante fuerza, amenaza de fuerza, intimidación, incluyendo amenazas basadas en su estatus migratorio real o sospechado; o,
    • coerción reproductiva, que es cuando el/la agresor/a toma control sobre la autonomía reproductiva suya a través de la fuerza, amenaza de fuerza o intimidación. Algunos ejemplos son presionarle irrazonablemente a que quede embarazada, intervenir deliveradamente con el uso de métodos anticonceptivos o acceso a información de salud reproductiva, o usar tácticas coercitivas para controlar o tratar de controlar los resultados de embarazo.2

Si las acciones de el/lal agresor/a no se encuentran dentro de esta definición o si usted no tiene una de las relaciones específicas antes mencionadas, es probable que usted sea elegible para una orden civil por acoso. Si usted es un/a anciano/a o un/a adulto/a dependiente, usted puede calificar para una orden de protección si usted es víctima de abuso físico, negligencia, o abuso financiero de cualquier persona o si su cuidador/a le priva de cuidado que necesita (“custodian”). Vea Órdenes de Restricción para Prevenir el Abuso de Ancianos o el Abuso de Adultos Dependientes para más información.

1 Cal.Fam.Code § 6211
2 Cal.Fam.Code §§ 6203; 6320(a), (c)