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Información Legal: California

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
11 de enero de 2024

¿Qué hago para cambiar o extender la orden de restricción?

O usted o el/la agresor/a puede solicitar una modificación para cambiar la orden. La página de Internet de las Cortes de California tiene los formularios que necesita presentar (en español) y información sobre cómo responder si la otra parte solicita una modificación.

Si usted desea que su orden de restricción tenga mayor vigencia, es recomendable que presente su solicitud de extensión de uno a dos meses antes de la fecha de expiración de su orden, para asegurarse de tener su audiencia antes de la expiración de su orden. El juez puede añadir cinco años o más de vigencia a su DVRO o la puede emitir de forma permanente, es decir sin fecha de expiración. Usted no tendrá que probar que ha habido más abuso para poder obtener la extensión. Puede solicitar una renovación más de una vez.1

Usted tendrá que llenar algunas formularios. El secretario de corte, un abogado particular, o un conciliador para la violencia doméstica deben contar con los formularios que usted necesitará para prorrogar su orden. También, en la página CA Formularios Judiciales, podrá encontrar vínculos para bajar los formularios en Internet. Usted tendrá que notificar al agresor estos formularios y asistir a una audiencia. La página de Internet de las Cortes de California, le proporciona instrucciones paso a paso de lo que debe hacer después de haber llenado sus formularios. Pulse aquí para leer.

1 Cal.Código Familiar § 6345(a)