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Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
12 de diciembre de 2023

¿Qué es un requerimiento judicial contra el acoso?

Un requerimiento judicial contra el acoso es una orden civil que puede ser otorgada contra una persona que le esté acosando o maltratando si la persona no es un familiar, un/a cónyuge, un/a novio/a, o alguien con quien vive/vivía. Para esos tipos de relaciones, que se enumeran en su totalidad aquí, usted tendría que solicitar una orden de protección contra la violencia doméstica si está siendo acosado/a. Vea nuestra sección AZ Órdenes de Restricción para más información.

Puede solicitar un requerimiento judicial contra el acoso si puede demostrar que el/la demandado/a cometió acoso, como se define en la ley, incluyendo cualquier evidencia de comunicación o contacto electrónico.1

1 A.R.S. § 12-1809

¿Cuál es la definición legal de acoso?

Para obtener un requerimiento judicial contra el acoso, usted debe demostrar que el/la demandado/a le ha acosado. Para los propósitos de un requerimiento judicial contra el acoso (IAH por sus siglas en inglés), la ley define acoso como:

  1. dos o más actos, en cualquier periodo de tiempo, que:
    • se dirige a una persona determinada;
    • no sirve ningún propósito legítimo, y
    • causa que la víctima esté razonablemente alarmada, molesta o acosada;1 o
  2. uno o más actos de violencia sexual, lo que la ley define como hacer cualquiera de los siguientes aunque no haya un arresto o una acusación criminal:

El acoso también incluye difamación contra un/a empleador/a, piquetes ilegales, agrupación que invade la propiedad, conglomeración ilegal, interferencia organizada de la actividad legal de negocio, tomar parte en un boicot secundario.1

1 A.R.S. § 12-1809(T)
2 A.R.S. §§ 12-1809(T); 23-371(J)

¿Puedo obtener un requerimiento judicial contra el acoso si soy menor de edad?

Si es menor de edad, necesitará que su padre o madre, tutor/a o persona que tiene custodia legal solicite un requerimiento judicial contra el acoso por usted. Él o ella se nombrará como el/la demandante y a usted como la persona que merece protección.1

1 A.R.S. § 12-1809(A)

¿Puedo solicitar un requerimiento judicial en contra de un menor?

Puede solicitar un requerimiento judicial en contra de un/a menor de 12 años o más que le esté acosando. Este requerimiento judicial solo lo puede dar la división juvenil de la corte superior.1

1 A.R.S. § 12-1809(B)(2)

¿Cómo obtengo un requerimiento judicial contra el acoso (IAH)?

Los pasos para obtener un requerimiento judicial contra el acoso son similares a los pasos para obtener una orden de protección. Sin embargo, en vez de probar violencia doméstica, usted debe demostrar que el demandado la ha acosado. Debe ser específico/a en cuanto a la manera en que el demandado la ha acosado.

Usted puede obtener un requerimiento judicial contra el acoso ex parte antes de que notifique al agresor y antes de que tenga una audiencia si cumple con los siguientes dos requisitos:

  1. uno de los siguientes es cierto:
    • la corte cree que hay evidencia razonable de acoso durante el año que precedió a la denunciad (Nota: cualquier tiempo en que el demandado fue encarcelado o fuera del estado no cuenta); o
    • existe una buena causa para creer que un daño grave o permanente resultará si la orden no es otorgada (antes de que el demandado o el abogado del demandado haya tenido oportunidad de ser escuchado); y
  2. tiene que probar a la corte que:
    • usted intentó notificarlo al demandado sobre el IAH; o
    • usted tiene razones específicas de no querer hacerlo.1

Si recibe esta orden ex parte, el demandado tiene el derecho de tener una audiencia donde pueda oponer el IAH. Él/ella debe pedirlo por escrito y usted recibirá notificación de la fecha de la audiencia.2

Si no cumple con todos los requisitos arriba mencionados, puede recibir un IAH sólo después de que notifique al agresor y tenga una audiencia. Entonces, la corte puede programar una audiencia dentro de los diez días de la notificación al demandado.1 Después de que usted y el demandado presentan evidencia, el juez decidirá si va a otorgar el IAH o no.

Cuando pida el IAH, usted tiene que decirle al juez si existe o existía alguna otra causa judicial con respecto a la conducta del demandado hacia usted, o si existe alguna otra orden en vigencia.3

1 A.R.S § 12-1809(E)
2 A.R.S § 12-1809(H)
3 A.R.S § 12-1809(B)

¿Qué protecciones puedo conseguir en un IAH?

En un IAH, un juez puede ordenarle al agresor:

  • que no la acose;
  • que no la contacte o que no contacte a ninguna de las personas mencionadas específicamente en su petición por llamadas telefónicos, cartas, mensajes a través de otra persona, contacto personal, etc.;
  • que se mantenga alejado de su residencia, lugar de trabajo o escuela y de las personas mencionadas específicamente en su petición; y
  • el juez puede ordenar cualquier otro recurso que sea necesario para protegerla a usted o a las personas mencionadas específicamente en su petición.1

Si el agresor viola algunas de estos términos, puede ser un crimen y puede resultar en el arresto del agresor.2

1 A.R.S. § 12-1809(F)
2 A.R.S. § 12-1809(I)

¿Cuánto dura un requerimiento judicial contra el acoso?

Un IAH tiene validez por un año desde la fecha en la que su agresor es notificado o recibe una copia de la orden. Si se hacen cambios requerimiento durante el año en el que tiene vigencia, los cambios entran en vigencia desde la fecha en la que su agresor es notificado del nuevo requerimiento cambiado. Sin embargo, el nuevo requerimiento vence un año después de la fecha en la que el demandado es notificado del requerimiento original, no de la fecha en la que es notificado del nuevo requerimiento.1

Para más información sobre audiencias, o para hacer notificar a un demandado, y qué hacer una vez que recibe la orden, por favor revise esta información en las secciones sobre Órdenes de Restricción.

1 A.R.S. § 12-1809(J)