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Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
12 de diciembre de 2023

¿Es posible obtener una orden de protección en contra de un menor?

Cuando el agresor es menor de 18 años, es necesario que usted le solicite a la corte nombrar al menor como demandado. Usted no puede nombrar al padre/madre, guardián legal, o a la persona con la custodia legal del menor como demandado (acusado).

Además, cuando el agresor es menor de 16 años, es necesario que entregue (sirve) los documentos de corte apropiados, tanto al agresor como al padre/madre, guardián legal, o a la persona con la custodia legal del agresor. Para mayores informes sobre notificar a un demandado, visite Los pasos a seguir para obtener un orden de protección.

Únicamente la división juvenil de la corte superior puede otorgarle una orden de protección en contra de un demandado menor de 12 años de edad.1

1 A.R.S. § 13-3602(B)(2)