¿Cuál es la definición legal de violencia doméstica en Arizona?
Para obtener una orden de protección, la ley de Arizona define la “violencia doméstica” como la ocurrencia de un o más de los siguientes actos:
- agresión (“assault”) o agresión agravada, tal como golpear o patear;
- amenazarle o intimidarle, según se define la ley;
- agresión sexual (“sexual assault”);
- uso de comunicaciones electrónicas para aterrorizar, intimidar, amenazar o acosar;
- acoso (“harassment”) o acoso agravado (“aggravated harassment”);
- acecho (“stalking”);
- fotografiar, tomar video, filmar, grabar de forma digital o mirar de forma secreta a alguien:
- en un lugar privado, por ejemplo un baño o dormitorio, y haciendo una cosa privada, por ejemplo, orinando o teniendo sexo; o
- cuando los senos, nalgas o genitales de la persona estén expuestos de una manera en que ellos no son expuestos normalmente en público;
- la distribución ilegal de imagenes desnudos o sexuales de usted o su hijo/a;
- poner en riesgo (“endangerment”)(ponerla en una situación de riesgo de muerte o daño físico);
- encarcelamiento ilegal;
- secuestro;
- entrada sin autorización de forma criminal en el 1er, 2o, y 3er grado;
- daño criminal;
- interferir con los procedimientos judiciales;
- interferencia custodial;
- homicidio por negligencia, homicidio (“manslaughter”) y asesinato en el 1er grado o 2o grado (“murder”) ;
- crueldad en contra de los animales, pero solamente si envuelve:
- causar intencionalmente la negligencia cruel o el abandono de la mascota bajo el cuidado de esa persona, que resulta un daño físico al animal;
- causar intencionalmente que cualquier animal sufra trato cruel;
- prevenir o interferir con el uso de un teléfono durante una emergencia, como se describe en la sección (a)(3) de la ley;
- violencia doméstica agravada, según se define la ley;
- abusar de un adulto vulnerable o un niño/a;
- ciertos crímenes en contra de niños, según se define la ley; y/o
- conducta desordenada, solamente si envuelve:
- peleas o conductas violentas o seriamente problemáticas;
- hacer ruidos irrazonables;
- manejar, mostrar o descargar de manera temeraria un arma o instrumento peligroso;
- un comportamiento abusivo, lenguaje ofensivo o gestos hacia una persona, de forma en que probablemente provoque que esa persona responda inmediatamente con violencia física.1
Nota: Para que un acto sea considerado violencia doméstica, usted debe de tener una relación específica con el agresor, la cual es explicada en ¿Quién puede obtener una orden de protección?
Para leer las definiciones legales de estos crímenes en inglés, puede visitar Estatutos Seleccionados de Arizona.
1 AZ ST § 13-3601(A)