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Preparándose para la Corte: Arkansas

Arkansas: Secuestro Parental

Secuestro Parental

Esta página contiene información especifica a este estado sobre secuestro parental. También, hay información general que le puede ser útil. La custodia y secuestro parental son temas complicados y es importante encontrar un/a abogado/a con experiencia en estos temas.

Custodia temporal de emergencia

Si pienso que el otro padre puede secuestrar a mi hijo, ¿hay algo que pueda hacer?

Algunas veces. Esto es una preocupación que muchas víctimas de abuso expresan porque el agresor ha amenazado a menudo con esto para mantener a la víctima dentro de la relación o para mostrar su poder y control sobre la víctima. 

Es mejor consultar a un abogado para determinar qué se puede hacer dentro de los hechos específicos de su situación. A la hora de evaluar la probabilidad de que esto ocurra, el abogado querrá saber:

  • dónde vive la familia del agresor,
  • si él/ella ha vivido en el pasado fuera del estado,
  • si su trabajo requiere que él/ella viaje fuera del estado, y
  • si el agresor ha cumplido con alguna de sus amenazas en el pasado.

Si usted cree que el agresor se llevará a su hijo fuera de los E.E.U.U., vea ¿Cómo puedo impedir que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país?

Según la ley, un agresor no puede “secuestrar” a su hijo si usted está casado/a y no existe una orden de custodia. Ambos padres tienen los mismos derechos de custodia hasta que una orden judicial conceda la custodia a uno de los padres. Sin embargo, si su esposo se lleva a su hijo e impide la comunicación entre ustedes, usted puede solicitar la custodia y pedir que la custodia sea temporal e inmediata si cree que su hijo se encuentra en peligro. Le recomendamos que se contacte con un abogado para que le aconseje sobre su situación. Puede encontrar abogados gratuitos o pagados en AR Encontrando a un Abogado.  

Nota: Si los padres nunca han estado casados y no hay una orden judicial sobre la custodia, la madre del niño tiene la custodia legal por ley.1

1 A.C.A. § 9-10-113(a) & (b)

¿Puedo obtener la custodia temporal en una orden de protección?

Si usted obtiene una orden de protección debido a un abuso, su orden de protección puede incluir custodia temporal y/o visitas temporales. Asegúrese de decirle al juez durante la audiencia de su orden de protección que usted quiere la custodia, de forma que el juez pueda tomar en cuenta su petición.

Cuando su orden de protección expire, la custodia temporal expira con ella. Usted puede solicitar al juez que extienda su orden de custodia temporal si fuera necesario.

Sin embargo, si usted tiene un caso de custodia pendiente en otra jurisdicción, el juez que vea su caso para una orden de protección probablemente no podrá gestionar la custodia.

Para más información, vea AR Órdenes de Protección contra la Violencia Doméstica.

 

 

¿Puedo obtener custodia de emergencia temporal?

Tal vez. Los jueces normalmente sólo concederán la custodia de emergencia temporal en situaciones extremas. Usted necesitará probar ante el juez que sus hijos están en peligro para poder obtener una orden de custodia de emergencia como ésta. El tribunal puede introducir custodia temporal si siente que existe un peligro de abuso inmediato y presente y es necesario protegerles a usted y a sus hijos.

A menudo, si usted consigue custodia temporal depende en el juez.  Algunos jueces no requieren muchas pruebas de que sus hijos están en peligro, mientras que otros casi nunca conceden la custodia de emergencia temporal. Casi siempre es mejor tener a un abogado ayudándole a solicitar la custodia de emergencia temporal. Para encontrar a un abogado o a una agencia de asistencia legal en su área, por favor visite la página AR Encontrando a un Abogado.

Llevar a los hijos fuera del estado

Si existe una orden de custodia, ¿puedo llevar a mis hijos fuera del estado? 

Depende de lo que su orden diga. Si su orden especifica que usted puede irse fuera del estado con sus hijos, usted puede hacerlo. En cualquier otro caso, es posible que necesite obtener el permiso del otro padre o que un juez cambie su orden antes de irse fuera del estado con sus hijos.

¿Cómo puedo impedir que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país?

Si usted piensa que el otro padre pudiera llevarse a sus hijos fuera del país y rehusarse a regresarlos, usted puede pedirle al juez que le ayude a prevenir el rapto. Si el juez cree que el otro padre puede cometer un rapto internacional él/ella puede:

  • Darle la custodia al padre que no presente un riesgo de rapto internacional
  • Cambiar la orden de custodia para reducir riesgos
  • Ordenar la supervisión al raptor potencial
  • Ordenarle al raptor potencial que no recoja a los niños del colegio o que se acerque al niño cuando no sean sus horas de visita.
  • Ordenarle al raptor potencial que no saque a los niños fuera de los estados unidos, que entregue el pasaporte y que no saque un pasaporte nuevo para el niño
  • Ordenar que el Departamento de Estado sea notificado de las restricciones de viaje del niño.
  • Ordenar al raptor potencial que pague un monto suficiente de dinero para cubrir los gastos de recuperar al niño en caso que se produzca el secuestro
  • Darle autoridad a los oficiales para que impidan el secuestro
  • Hacer cambios a la orden de custodia para que sea más fácil hacerla cumplir, haciéndola extremadamente especifica y clara.

Para decidir si un padre esta o no en peligro de cometer un rapto internacional, un juez tomará en cuenta:

  • Si el padre ha cometido en el pasado, amenazado de cometer, o tratado de raptar al niño/a internacionalmente.
  • Si el padre no tiene una situación financiera suficientemente buena para permanecer en los Estados Unidos.
  • Si es que parece que el padre esta tomando medidas (renunciando a su trabajo o teniendo planes de viaje) para dejar el país.
  • Si es que el padre tiene un historial de violencia doméstica, abuso de los niños/as, inestabilidad marital, o de no cooperación con el otro padre.
  • Si es que el padre tiene historial criminal o un historial de haber violado órdenes de la corte.
  • Si es que el padre tiene conexiones fuera de Estados Unidos y/o si no tiene conexiones significativas en Estados Unidos, y
  • Otros factores relevantes1

Además, vea a ¿Cómo puedo evitar que el otro padre se lleve a mis hijos fuera del país? en nuestra sección de Información General Secuestro Parental para más información sobre el programa del gobierno federal sobre alertas de emisión de pasaportes.