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Información Legal: Arkansas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
3 de enero de 2024

Paso 5: Vaya a su audiencia en la corte.

Independiente de si un/a juez/a le da una orden temporal o no, puede que le den una fecha para una audiencia acerca de su petición en los 30 días siguientes (si su petición no es desestimada). La audiencia será frente a un/a juez/a que decidirá si le da una orden de protección final.

Es muy importante que vaya a la audiencia en la corte. Si no va a la audiencia, su orden temporal expirará y tendrá que volver a empezar el proceso. Si se le hace absolutamente imposible presentarse, contacte a la corte de forma inmediata y pregunte si puede solicitar un “aplazamiento” para una fecha más adelante.

Si el/la agresor/a no se presenta a la audiencia, la corte puede dar un “veredicto en rebeldía” en contra de él/ella y usted puede recibir una orden de protección final. El/la juez/a también puede decidir señalar otra fecha para una nueva audiencia para darle la oportunidad a el/la agresor/a a que se presente a la corte. Si esto sucede, asegúrese de pedirle a el/la juez/a que extienda la orden temporal, si tiene una.

En la audiencia tendrá la oportunidad de testificar en la corte y presentar evidencia y testigos para probar que el maltrato y el acoso que ha experimentado. El/la agresor/a también podrá presentar evidencia y testigos en la audiencia para defenderse. Puede querer contactar a un/a abogado/a que le represente en esa audiencia, especialmente si piensa que el/la agresor/a tendrá uno/a. Vaya a nuestra página AR Encontrando a un Abogado, para un listado de abogados/as pagos y gratis. Si va a estar en la corte sin un/a abogado/a, puede visitar nuestra sección Durante la Audiencia, para ver formas en las que puede mostrarle a el/la juez/a que ha sido maltratado/a. Puede aprender más sobre el sistema judicial en nuestra sección Preparándose para la Corte - Por su Cuenta.