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Información Legal: Arkansas

Órdenes de Restricción

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Actualizada: 
3 de enero de 2024

¿Puedo hacer que mi orden de protección de Arkansas se haga cumplir en otro estado?

Sí. La ley federal establece que todas las órdenes de protección válidas, otorgadas en los Estados Unidos, deben recibir “pleno reconocimiento y crédito” en todas las cortes estatales y tribales dentro de los EE.UU., incluidos los territorios de EE.UU.1 Consulte ¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida ante la ley federal? para averiguar si su orden de protección cumple con los requisitos.

Si usted cuenta con una orden de protección válida de Arkansas, que cumple con los estándares federales, la orden puede hacerse cumplir en otro estado. Cada estado debe hacer cumplir las órdenes de protección de otros estados de la misma manera en que hace cumplir sus propias órdenes.

¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida ante la ley federal?

Una orden de protección es válida en cualquier lugar de los Estados Unidos, siempre que:

  • Haya sido otorgada con el propósito de prevenir actos violentos o amenazantes, conducta acosadora, violencia sexual o si fue otorgada con el propósito de prohibir que otra persona le contacte o se le acerque.1
  • La corte que otorgó la orden haya tenido jurisdicción sobre las personas y el caso. (En otras palabras, que la corte tuviese la autoridad para tomar una decisión en el caso).
  • El/la agresor/a haya sido notificado/a de la orden y haya tenido oportunidad de presentarse en la corte para dar su testimonio. No importa si el/la agresor/a se presentó ante la corte; solamente que haya tenido la oportunidad de hacerlo.
    • En el caso de órdenes ex parte temporales y órdenes de emergencia, el/la agresor/a debe recibir notificación y tener la oportunidad de ir a la corte para presentar evidencia en la audiencia, la cual deberá ser programada dentro de un “tiempo razonable” después de que la orden ex parte haya sido emitida.2

Nota: Para más información sobre cómo hacer cumplir una orden de protección militar (MPO, por sus siglas en inglés) fuera de una instalación militar, o sobre cómo hacer cumplir una orden de protección civil (CPO, por sus siglas en inglés) en una instalación militar, consulte nuestra página de Órdenes de Protección Militares.

1 18 USC §2266(5)(A)
2 18 U.S.C. § 2265(a) & (b); Ark. Code §9-15-302(b)

Tengo una orden ex parte temporal. ¿Se puede hacer cumplir en otro estado?

Sí. Una orden de protección temporal ex parte se puede hacer cumplir en otros estados, siempre y cuando cumpla con los requisitos enumerados en ¿Cómo puedo saber si mi orden de protección es válida ante la ley federal?1

Nota:En general, el estado al que usted se dirige no podrá extender su orden ex parte temporal o emitir una orden permanente cuando expire la temporal. Si necesita extender su orden temporal, deberá ponerse en contacto con el estado que dio la orden y hacer los arreglos necesarios para asistir a la audiencia en persona o por teléfono (si esa fuese una opción que ofrece la corte). Sin embargo, es posible que usted pueda volver a solicitar una orden en el nuevo estado al que se muda si cumple con los requisitos para obtener una orden de protección en ese estado. Pero si solicita una orden en un nuevo estado, el/la agresor/a sabrá en qué estado está viviendo usted ahora, lo cual podría ponerlo/a en peligro.

1 18 U.S.C. § 2265(b)(2)